30 de Enero de 2003
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Primera vez en sus 12 años de vida que le cae teja a capo de organismo arbitral
Histórico: Suprema sancionó a súper de isapres por no dar bola a reclamos

Pedro Barría, abogado de la Corpusapres.

(Foto: Mauricio Fuentes)

El superintendente de Isapres, José Pablo Gómez, fue sancionado por la Corte Suprema por abusos y graves faltas cometidas al desechar dos reclamos de usuarios del servicio, con un amonestación privada y censura por escrito.

La decisión fue tomada luego que la Tercera Sala del máximo tribunal conociera los antecedentes de los casos.

El primero fue el de Myriam Malhuk, afiliada a la isapre "Más vida", quien recibió la negativa de esta institución a cubrir una operación y posteriormente fue expulsada de ella, junto a su marido.

El segundo caso fue el del abogado Michel Diban, cotizante de "Vida Tres", quien sufrió una alza en la cuota de su plan, pese a estar establecido que esto no podía pasar.

Ambos casos llegaron a las manos del súper, quien rechazó el reclamo de estos usuarios, actuando fuera de lo establecido en la ley regulatoria del contrato, lo que le hizo incurrir en una falta grave.

Los afectados recurrieron a la Corporación de Afiliados y Usuarios de Isapres (Corpusapres), en busca de una mano amiga que los ayudara en esta injusta situación. Ahí encontraron al abogado Pedro Barría, quien llevó los casos ante la justicia.

El dictamen contra el superintendente es el primero de su tipo en los 12 años de funcionamiento de la entidad.

"Este fallo, que tiene un efecto colectivo, hará meditar al superintendente para que tenga mayor equilibrio y ecuanimidad en las futuras decisiones de carácter judicial que dicte", verseó Barría.

Gajes del oficio

Como parte de las reglas del juego asumió el súper José Pablo Gómez la resolución de la Corte Suprema.

Descartó un cuestionamiento de sus funcias, dado el aumento de los casos sometidos a su juicio. Estos totalizaron 1.800 frente a los 1.200 que hubo en el 2001.

Añadió que esta alza refleja más bien una confianza en la súper y que cada caso se revisa en su mérito, porque si bien los fallos de la justicia proponen nuevos miramientos, corresponde evaluar los antecedentes uno por uno. "Aquí no hay diferencia entre la superintendencia y la Corte Suprema, que es el superior jerárquico, sino que la diferencia que se produjo fue en la sanción que corresponde", sostuvo.


 
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