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| 22 de Septiembre de 2003 | |||
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Requerimiento contra alcalde porteño por control de mascotas El profesional aseguró que el edil puede perder su cargo, debido a "un notable abandono de funciones y falta de probidad". Según el abogado, ninguna municipalidad puede obligar a los vecinos a tener una licencia perruna, señalando que desde que se dictó, la ordenanza es mula y carece de obligatoriedad para la población. Cortés, además, explicó que a los asesores del señor alcalde se les fue un manso ni que detalle: Publicar la referida norma nada menos que en el Diario Oficial de acuerdo a lo que establece clarito la Ley 19.880 que obliga a hacer público los actos que interesen a un número indeterminado de personas. Otro de los presuntos numeritos en que habría incurrido el edil es someter a la gallada poseedora de mascotas a ser objeto de dobles sanciones al transformar infracciones de sanidad en infracciones a la ordenanza. Alberto Cortés, incluso, carga mucho más la mata a Pinto señalando que tendría responsabilidad criminal, pues habría infringido el artículo 221 del Código Penal, que castiga a las autoridades que "dictaren reglamentos o disposiciones generales excediendo maliciosamente sus atribuciones".
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