El fin de semana pasado acudí a un mall de Maipú en mi recién pintado auto del año '90. Lo estacioné cuidadosamente cerca de la entrada principal. Estuve aproximadamente dos horas en el recinto y al subirme a mi automóvil me di cuenta que tenía un topón en la puerta trasera del lado derecho. Inmediatamente avisé a uno de los guardias que vigilan los estacionamientos, quien me tomó los datos respectivos. Dos días después, me llamó un señor de apellido Fernández quien me dijo que no podían hacerse responsables del daño, ya que el sistema de estacionamiento es gratuito. ¿Tengo derecho a exigir al mall la reparación de mi auto?. (Jorge, Cerrillos)
- A pesar de que el estacionamiento es gratuito, en opinión del SERNAC el establecimiento sí es responsable del cuidado de los automóviles estacionados, ya que existen estándares de calidad por parte del proveedor, como vigilantes privados, estacionamientos demarcados y accesos controlados. Jurídicamente lo complejo -en este tipo de casos- es acreditar ante el juez respectivo que los hechos ocurrieron bajo las circunstancias declaradas por el consumidor.
Hace un tiempo llegó a mi casa una carta de una conocida tienda comercial que contenía en su interior una tarjeta de crédito a mi nombre, con un cupo asignado de 250.000 pesos, y un instructivo de uso que además incluía una serie de beneficios a los que yo podía optar por ser cliente. La situación me inquietó ya que nunca la había solicitado y ni tengo idea cómo se consiguieron mis datos, incluyendo mi dirección y número de carné. ¿Es esto legal? ¿A quién debo reclamar?. (Pablo, Santiago)
- Si no hay posibilidad alguna de que la casa comercial haya obtenido los datos de la guía telefónica o de alguna solicitud de crédito anterior, debe reclamarse ante ella de acuerdo al artículo 15 de la Ley número 19.628. La casa comercial tiene dos días para eliminar los datos de su registro o banco de datos. Si no lo hace, hay que presentar una demanda ante el juez civil, pidiendo la sanción y la indemnización del daño patrimonial o moral que pueda haberse causado.
Mi hijo estudia en un colegio particular subvencionado y hace menos de una semana me llegó una carta de "compromiso de matrícula" para el año 2004, en la que se señalaban además las nuevas mensualidades para el próximo año y un párrafo que decía que los apoderados deberíamos documentar mediante cheques o letras los pagos mensuales de 2004. ¿ Es esto legal? ¿Qué pasa si no puedo seguir pagando el colegio a mitad de año y decido cambiar a mi hijo de colegio? ¿Debo pagar igual todas las mensualidades que documenté?. (Ignacio, Peñaflor)
- Consultado el Ministerio de Educación, se señaló que la práctica de solicitar a los apoderados de este tipo de establecimientos documentar el año escolar es legal. En el caso de que el alumno sea cambiado de colegio el establecimiento no puede cobrar los meses no cursados. En caso de cualquier información adicional, usted debe llamar al teléfono 600 646 33 82.