07 de Noviembre de 2006
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¿Estoy protegido si sufro un accidente laboral?

 


Para servirle
¿Estoy protegido si sufro un accidente laboral?

Hoy en día, trabajadoras y trabajadores de nuestro país contratados por un empleador, están protegidos por la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (N° 16.744). El Seguro Laboral cubre accidentes del trabajo, es decir, lesiones que sufre el trabajador a causa o con ocasión de la labor que desarrolla y que le produce incapacidad o muerte; accidentes de trayecto, aquellos que acontecen en el trayecto directo, de ida o regreso, entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo y también en el trayecto entre distintos empleos; y las enfermedades profesionales causadas de manera directa por el desempeño laboral y que producen incapacidad o muerte.

El Seguro Laboral entrega al trabajador accidentado una serie de beneficios, tales como: Prestaciones Médicas: Consisten en atenciones médicas, quirúrgicas y dentales; hospitalización; medicamentos y productos farmacéuticos; prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación; rehabilitación física y reeducación profesional; y gastos de traslado y cualquier otro que sea necesario. Deben ser otorgadas sin costos para el trabajador hasta su curación completa.

Prestaciones Económicas: Se trata de subsidios por incapacidad laboral, indemnizaciones y pensiones (por incapacidad permanente del trabajador o de sobrevivencia en caso de muerte de éste).


 

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