Domingo 15 de Abril de 2012
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Santoral
Crescente
Mínima: 9º
Máxima: 27º
Hace unos días fui papá y me asaltó una duda: ¿Sólo las mujeres tienen derecho a descansar luego del alumbramiento?
Los derechos de ellos son:
* Permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto en días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes.
* Permiso pagado de cinco días en caso de que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde que se le otorgó el derecho.
* Derecho a sala cuna mantenida o financiada por la empresa en que trabaja, si es que ya es exigible al empleador y si, por sentencia judicial, se le ha confiado el cuidado personal de un menor de dos años.
* En caso de muerte de la madre durante el parto o el período posterior a éste, corresponderá al padre cumplir el permiso posnatal.
Atte.
Carlos López Dawson