Aguas Andinas deberá indemnizar a clientes por masivo corte de agua

04 DE FEBREO DE 2020/VALPARAISO
Fotografia temática de  una niña lavandose las manos en un  hogar con el agua abierta , después que el gobierno realiza la campaña  "Cuidemos el Agua".en medio de sequías que enfrenta país.
FOTO: PABLO OVALLE ISASMENDI/AGENCIAUNO
04 DE FEBREO DE 2020/VALPARAISO Fotografia temática de una niña lavandose las manos en un hogar con el agua abierta , después que el gobierno realiza la campaña "Cuidemos el Agua".en medio de sequías que enfrenta país. FOTO: PABLO OVALLE ISASMENDI/AGENCIAUNO

La empresa sanitaria indemnizará a los clientes de las 23 comunas de la RM afectadas por el corte de suministro en 2016

La empresa sanitaria Aguas Andinas deberá indemnizar a sus clientes, según lo estipulado por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, a causa del masivo corte de agua que se registró a mediados del mes de abril del 2016, el cual dejo sin servicio a 23 comunas de la Región Metropolitana.

La sentencia establece que la empresa deberá indemnizar a cada usuario una compensatoria de 9.360 pesos, lo que equivale a los tres días de corte de agua potable, más 0,15 UTM.

"Que, resuelto lo anterior, y acreditado el incumplimiento por parte de la demandada y el vínculo contractual que liga al infractor y a los consumidores afectados, cabe razonar ahora si la deficiente calidad del servicio prestado por la demandada los días en cuestión, produjo un menoscabo patrimonial a los usuarios de agua potable de la Región Metropolitana, desde que en la práctica no pudieron consumirla con normalidad, y considerando que la calidad y continuidad del suministro es precisamente la obligación de la cual son acreedores", señaló el fallo.

Compensación

En la resolución que reveló La Tercera se lee que "la circunstancia de los reclamos aparece suficientemente acreditada con el mérito de los reclamos detallados en el número 26, del motivo décimo, así como también por el Informe de Fiscalización Especial Aguas Andinas S.A., por evento de Alta Turbiedad del Río Maipo, en cumplimiento de la Resolución N° 1399/16, de fecha 16 de mayo de 2016, especificado en el número 4 del mismo motivo; como también en el informe técnico evacuado por la empresa demandada, y enumerado en segundo lugar de la undécima motivación; y según se desprende de las resoluciones exentas acompañadas a estos autos".

Temas Relacionados

COMPARTIR NOTA