Comienza el segundo llamado de postulación a Subsidio Habitacional para la Clase Media

Este apoyo del Estado permite la compra de una vivienda nueva o usada, o bien construir una vivienda de hasta 140 mt2 en un sitio propio o densificación predial, en sectores urbanos o rurales.

Este martes inicia el segundo llamado de postulación al Subsidio Habitacional para la Clase Media (DS1), destinado a apoyar económicamente la compra o construcción de una casa de hasta 2.200 UF.

El programa del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) está destinado a familias de sectores medios que no son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario.

Este apoyo del Estado permite la compra de una vivienda nueva o usada, o bien construir una vivienda de hasta 140 mt2, en un sitio propio o densificación predial (construcción de una vivienda donde ya existe una), en sectores urbanos o rurales.

Tipo de postulación

Este llamado permite adquirir una vivienda nueva o usada o construirla en sitio propio, mediante alguna de las siguientes alternativas:

  • Alternativa 1: Título I, tramo 1.
  • Alternativa 2: Título I, tramo 2.
  • Alternativa 3: Título II.

Para la Alternativa 1, se consideran sólo postulaciones para comprar una vivienda en forma individual (nueva o usada).

Para las Alternativas 2 y 3 se consideran postulaciones individuales o colectivas con proyecto habitacional para comprar viviendas (nuevas o usadas), o bien construir en sitio propio.

Se puede postular únicamente en forma digital a través de internet.

Requisitos

Para postular a este llamado, los interesados deberán:

1.- Tener mínimo 18 años de edad.

2.- Contar con Cédula de Identidad Nacional.

Para chilenos: se extiende en 1 año la vigencia de aquellas que tengan fecha de vencimiento en el 2020 (D.S. N° 32/2020, Ministerio de Justicia y DDHH).

Para extranjeros: las cédulas vencidas en 2019 se extienden hasta el 31 de diciembre de 2020; y las con vencimiento en 2020 extienden en un año su vigencia, siempre y cuando tenga en trámite en el Departamento de Extranjería y Migración o Gobernación Provincial, el cambio o prórroga de visación de residente o permanencia definitiva. (D.S. N° 34/2020, Ministerio de Justicia y DDHH).

3.- Las personas extranjeras deben presentar, además, el Certificado de Permanencia Definitiva. El documento no puede haber sido emitido antes del 1° de agosto de 2019.

4.- Acreditar una cuenta de ahorro de, al menos, 12 meses de antigüedad. Para cumplir con esta antigüedad, la fecha de apertura de la cuenta de ahorro no debe ser posterior al 30 de octubre de 2019.

5.- Contar con el ahorro mínimo según el valor de la vivienda que se busca comprar o construir, el cual debe estar depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día hábil del mes anterior al de la postulación, en este caso corresponde al viernes 30 de octubre de 2020, 14:00 horas. La cuenta de ahorro debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.

6.- No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH) disponible desde el 1° de noviembre y hasta el momento de su postulación, correspondiente al Título y tramo del subsidio al que desea postular (*):

  1. a) Título I tramo 1: dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica.
  2. b) Título I tramo 2: dentro del 80% de vulnerabilidad socioeconómica.
  3. c) Título II: dentro del 90% de vulnerabilidad socioeconómica.

Postulación colectiva

7.- En caso de postular colectivamente el grupo debe:

Tener un mínimo de 10 integrantes para la modalidad de adquisición de vivienda construida y dos para la alternativa de construcción.

Postular a través de una Entidad Patrocinante.

Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu (solo para la modalidad de adquisición de vivienda construida).

8.-En el caso de las postulaciones para construir en sitio propio, los documentos que acrediten la propiedad de terreno y aquellos que den cuenta de sus factibilidades, deben haber sido emitidos en una fecha no anterior al 1° de mayo de 2019.

Para los postulantes al Segundo Llamado 2019 y/o al Primer Llamado 2020 del DS 1 que no resultaron seleccionados, se les considerará la documentación presentada en alguno de dichos llamados.

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