Elecciones primarias 2024: ¿Es obligatorio ir a votar?

Elecciones primarias 2024: ¿Es obligatorio ir a votar? Foto referencial Aton.
Elecciones primarias 2024: ¿Es obligatorio ir a votar? Foto referencial Aton.

En junio tendrán lugar las próximas votaciones de nuestro país, donde se deberá marcar la preferencia en las primarias de alcaldes y gobernadores regionales.

Serán varias las oportunidades en las que los ciudadanos deberán volver a las urnas durante este año, con motivo de las próximas votaciones a desarrollarse en nuestro país, con la siguiente fecha para las elecciones primarias de alcaldes y gobernadores, el 9 de junio.

En el proceso, participarán los partidos políticos o pactos electorales inscritos ante el Servel, para seleccionar a sus candidatos que estarán en la papeleta de fin de año.

¿Es obligatorio votar en las elecciones primarias?

Se establece que el voto en las elecciones primarias es de carácter voluntario, por lo que no será obligación dirigirse a sufragar el 9 de junio para seleccionar a gobernadores regionales y alcaldes.

Lo anterior se determina en la Ley 21.524, que indica el siguiente texto: “El sufragio será obligatorio para los electores en todas las elecciones y plebiscitos, salvo en las elecciones primarias”.

Otra fecha a tener en cuenta es la del 18 de mayo, cuando se publicará la nómina de personas seleccionadas como vocales de mesa. El trámite de excusas contemplará tres días, desde el 20 de mayo, mientras que para el 25 de mayo se encontrará disponible la nómina de reemplazantes.

¿Quiénes pueden votar en las primarias?

Según indica el Servel, cada partido político o pacto electoral que se sume a este proceso deberá presentar un sistema de participación, con las siguientes cinco opciones:

  • Participan sólo los afiliados al partido habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso que el partido participe en forma individual.
  • Intervienen sólo los afiliados al partido, e independientes sin afiliación política, habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso que el partido participe en forma individual.
  • Pueden votar sólo los afiliados a los partidos integrantes del pacto habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de un pacto electoral.
  • Sólo pueden votar los afiliados a los partidos integrantes del pacto e independientes sin afiliación política habilitados para ejercer el derecho a sufragio, en el caso de un pacto electoral.
  • Todos los electores habilitados para sufragar.

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