Revisa el pago del Subsidio al Empleo Joven de marzo

Revisa el pago del Subsidio al Empleo Joven de marzo. Foto referencial.
Revisa el pago del Subsidio al Empleo Joven de marzo. Foto referencial.

Un beneficio para trabajadores de entre 18 y 24 años que facilita un monto de hasta $40.436 mensuales.

Los trabajadores que cumplan con una serie de requisitos pueden acceder al Subsidio al Empleo Joven, un dinero que se facilita cada fin de mes a los beneficiarios.

La ayuda a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) se traduce en un depósito de hasta $40.436 mensuales, calculado en relación al salario, con lo que se pueden ver complementados los ingresos.

También se mantienen abiertas las postulaciones, que se pueden realizar de forma online, donde el principal requisito es tener entre 18 y 24 años.

Pago del Subsidio al Empleo Joven

El pago del Subsidio al Empleo Joven se entrega desde este jueves 28 de marzo. Estará disponible a través de depósito bancario, o bien, para retiro en sucursales de BancoEstado, presentando la cédula de identidad.

Los detalles para cada persona se pueden revisar en la página web del Sence, ingresando al perfil con la Clave Única.

Pagos del Subsidio al Empleo Joven. Foto referencial.
Pagos del Subsidio al Empleo Joven. Foto referencial.

Cómo postular al Subsidio al Empleo Joven

El Subsidio al Empleo Joven mantiene un proceso de postulación en esta página, en la que se puede acceder con Clave Única para completar el formulario.

Los requisitos para solicitar el aporte son los siguientes:

  • Tener entre 18 y 24 años con 11 meses de edad.
  • Estar trabajando de forma dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de menores ingresos según el Registro Social de Hogares.
  • Personas con 21 años o más, deben contar con licencia de educación media.
  • Recibir una renta bruta mensual inferior a $606.537 para recibir pagos mensuales, o una renta bruta anual inferior a $7.278.446 para elegir el pago anual.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%.
  • No ser beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado.
  • Los trabajadores independientes deben emitir boletas de honorarios y realizar su Declaración de Renta del SII.

COMPARTIR NOTA