Por Erasmo Tauran¿52 horas semanales? Qué dice la propuesta sobre jornada laboral que el Gobierno ya tiene en sus manos
Mesa de expertos entregó al Gobierno 22 propuestas laborales, entre ellas, una que habla sobre la Ley de 40 Horas.

Importantes cambios en las normas laborales contiene el informe final que la Mesa de Reactivación Laboral entregó al Gobierno este martes. Entre ellas, se contrmpla una propuesta respecto a las horas de trabajo.
Se trata de un documento con 22 propuestas elaboradas por un grupo de expertos convocado por el Ejecutivo hace casi dos meses y que fue recibido por el ministro del Trabajo y Previsión Social, Tomás Rau.
Junto con la idea de modificar la indeminización por años de servicio, probablemente otro de los puntos más polémicos sería una eventual modificación a la conocida Ley de 40 Horas.
En el documento, la mesa señala que la ley que reduce la jornada a 40 horas semanales, emblema del gobierno anterior, adolece de un problema: “el periodo para calcular el promedio (de 40 horas), fijado en 4 semanas, ubica a Chile como el más restrictivo entre los 20 países de la OECD”.
El informe agrega que el promedio de referencia de aquellos países es de 15 semanas “y el 75% de estos países permite extensiones hasta 52 semanas (un año) mediante negociación colectiva”. Indican que así ocurre en Alemania, Países Bajos o Suecia.
Proponen flexibilizar las “40 Horas”
En ese contexto, la mesa propuso al Gobierno “extender el período de referencia para el cálculo del promedio de la jornada ordinaria, desde las actuales 4 semanas hasta un período como el promedio de la OECD (15 semanas) o hasta 52 semanas (un año)”.
Es decir, la idea sería flexibilizar la forma en que se aplique la Ley de 40 Horas, permitiendo que en ciertos periodos del año las jornadas se extiendan mucho más allá de ese límite y se compense en otro momento.
La propuesta indica que se mantendría el “techo absoluto de horas semanales” de hasta 52 horas, sumando horas ordinarias y extraordinarias. Este máximo de 52 horas semanales ya está actualmente contemplado en el artículo 31 del Código del Trabajo.
Los expertos recomendaron también extender esta norma a los contratos especiales, como del personal aeronáutico o artistas, y a los sistemas excepcionales de distribución de jornada, como por ejemplo las faenas mineras o forestales.
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