Chile

Jaime Anguita pierde su última batalla judicial contra el Estado: Pedía casi $2 mil millones

El Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt rechazó íntegramente la millonaria demanda contra el fisco, desestimando que las falencias en la investigación hayan generado responsabilidad estatal.

El Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt de Puerto Montt rechazó la pretensión de Jaime Anguita, quien exigía casi $2 mil millones al Estado por los efectos del caso Haeger.

Según el fallo dado a conocer por Radio Biobío, nada de lo presentado alteraba el resultado de la investigación.

Los jueces reconocieron que hubo falencias en la labor de la PDI, el Ministerio Público y el SML, pero concluyeron que esos errores no constituyen responsabilidad, dado que no existe relación directa con el daño que alegó el demandante.

Así, cada monto solicitado fue negado. El tribunal calificó las cifras requeridas como “exorbitantes” y detectó intentos de endosar gastos personales, como honorarios de abogados o el retorno desde Alemania de una hija.

Anguita apuntó a cinco daños: su prisión preventiva, la “pérdida de un padre”, la “destrucción familiar”, problemas en la infancia de una hija y “excesivo escrutinio público”. El tribunal no los consideró atribuibles a la acción estatal.

El Consejo de Defensa del Estado definió los pagos exigidos como improcedentes. Cuestionó los $138 millones por defensa letrada y desestimó un supuesto lucro cesante, pues no se acreditó una merma económica real durante su prisión.

También rechazaron $50 millones por el regreso de su hija desde Alemania, señalando que ese ítem no puede cargarse al Ministerio Público porque no deriva directamente del proceso investigativo ni es atribuible a su desempeño.

En materia de daño moral, el tribunal recogió que la cifra de $1.000 millones era “claramente excesiva”, sumado a que los dolores derivados del homicidio de Viviana Haeger no son atribuibles al accionar del fiscal, sino a hechos externos.

El fallo también recordó que hubo un motivo plausible para procesar a Anguita, dada la declaración inicial de José Pérez Mansilla, por lo que dicha actuación no puede calificarse de arbitraria ni carente de fundamento investigativo.

Finalmente, la sentencia descartó que existiera un actuar “desprolijo, desordenado e incompetente” del ente persecutor y cerró la puerta a la indemnización, afirmando que la absolución penal no implica responsabilidad del acusador estatal.

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