Por Paulo QuinterosProhíben usar GPS y reconocimiento facial para fiscalizar licencias médicas
Un dictamen de la Suceso aclaró que las Compin e Isapres no están autorizadas para utilizar tecnologías de geolocalización, biometría o reconocimiento facial para verificar el cumplimiento del reposo médico.

El endurecimiento de la fiscalización de las licencias médicas, impulsado tras los casos detectados por la Contraloría en el sector público, reforzó la discusión sobre los límites de las herramientas que pueden utilizar las autoridades.
Frente a ese escenario, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) ahora zanjó una duda que había surgido entre las aseguradoras.
Según consta en Diario Financiero, y a través de un dictamen emitido el 1 de julio, el organismo estableció que las Compin y las Isapres no pueden recurrir a sistemas de GPS, reconocimiento facial, biometría ni otras tecnologías equivalentes para comprobar si una persona está respetando el reposo indicado en una licencia médica.
La resolución también aclara que el consentimiento del trabajador no cambia esa situación. Aunque un afiliado aceptara ser monitoreado mediante estas herramientas, la normativa vigente no entrega una base legal que permita su utilización.
La Suseso explicó que las leyes que regulan las licencias médicas y los subsidios por incapacidad laboral establecen las atribuciones de fiscalización de las Compin e Isapres, pero en ninguna parte contemplan mecanismos de geolocalización permanente o de identificación biométrica.
El organismo añadió que ocurre lo mismo con el reconocimiento facial y otros sistemas destinados a verificar la identidad de los afiliados durante el período de reposo. En todos esos casos, la legislación simplemente no los autoriza.
Otro de los argumentos del dictamen apunta a la protección de la información personal. La autoridad recordó que tecnologías como la biometría o el reconocimiento facial implican el tratamiento de datos sensibles, por lo que su uso exige una habilitación legal específica y no puede quedar sujeto únicamente a acuerdos entre privados.
La consulta que dio origen al pronunciamiento fue presentada por una Isapre, interesada en conocer si podía incorporar este tipo de herramientas dentro de sus procesos de fiscalización de licencias médicas.
En esa línea, ahora la respuesta fue categórica: las facultades de control de las Compin e Isapres están definidas por la ley y no pueden ampliarse mediante contratos, consentimientos o políticas internas de las instituciones.
Por ello, la Suseso concluyó que cualquier intento por incorporar GPS, biometría o reconocimiento facial para supervisar el cumplimiento del reposo solo sería posible mediante una modificación legal que establezca expresamente cuándo podrían utilizarse, con qué objetivos, bajo qué garantías y qué mecanismos de control deberían existir.
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