Por Erasmo TauranSII ya tiene el listado de personas con más de 50 transferencias al mes: conoce quiénes serán fiscalizados
Los bancos ya enviaron los datos al SII. ¿Qué pasará con los tesoreros de curso o quienes organizan rifas?

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ya tiene en su poder el primer listado de personas que serán indagadas por haber recibido más de 50 transferencias bancarias al mes, o más de 100 en el primer semestre del año.
Fueron 14 los bancos u otras instituciones financieras que reportaron al SII a los titulares de cuentas que registraron ese número de abonos, entre enero y junio de 2025.
El objetivo es detectar a personas o empresas que estén vendiendo productos de manera informal y con ello, evadiendo impuestos, tal como quedó establecido en la nueva Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias.
Las instituciones bancarias entregaron antecedentes sobre 165.571 contribuyentes, de los cuales el 72% corresponde a personas y el 28% a empresas.
De acuerdo a esta información, estos contribuyentes, en total, recibieron 62.918.502 de abonos, por un monto total superior a los $15 billones de pesos.
A quiénes va a fiscalizar el SII y a quiénes no
La directora (S) del SII, Carolina Saravia, explicó que el listado de personas está siendo analizado “para verificar el cumplimiento tributario de los titulares de estas cuentas” y así, “poder distinguir a quienes están cumpliendo con sus obligaciones, de aquellos que están realizando actividades comerciales informales”.
Al terminar este análisis, la institución realizará las fiscalizaciones que correspondan “en los casos en que existan indicios claros de incumplimiento tributario o de comercio informal”, indicaron desde el servicio.
En concreto, el SII fiscalizará a “personas que venden productos o prestan servicios de manera informal, sin haber iniciado actividades ante el Servicio. En estos casos, el Servicio tomará contacto para acompañarlos en el proceso de formalización, mediante el inicio de actividades”.
En segundo lugar, también fiscalizará a contribuyentes que iniciaron actividades ante el Servicio para vender productos o servicios, pero que no están cumpliendo en forma correcta con sus obligaciones tributarias. Por ejemplo, reciben pagos por transferencias electrónicas sin emitir boleta o factura.

¿Y los tesoreros de curso o las rifas?
Por otro lado, la fiscalización NO está dirigida a aquellas personas que no realizan una actividad comercial, pero que registran un alto número de transferencias por actividades.
Es el caso de tesorero del curso, realizar rifas solidarias, recibir cuotas de actividades sociales o familiares, o para quien recauda fondos de una comunidad para pago de servicios comunes.
Tampoco está dirigida a contribuyentes que ya han iniciado actividades si siempre emiten documentos tributarios para respaldar sus ventas y servicios, independiente que el medio de pago sea por transferencia o efectivo.
Y finalmente, tampoco está dirigida a quienes cumplen sus obligaciones tributarias, entre ellas: la Declaración Mensual de IVA o Formulario 29 y la Declaración de Renta en abril de cada año, en la que se declaran todas las rentas o ingresos correspondientes al año anterior, entre otras.
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