Así es la ley del Respeto Callejero que impulsó Ocac

Por más de cuatro años, el Observatorio Contra el Acoso Callejero luchó por esta nueva norma que sancionará abusos de connotación sexual en espacios públicos. Sepa de qué se trata este gran logro.

La semana recién pasada, tras años de trabajo por parte del Observatorio Contra el Acoso Callejero (Ocac) y con la ayuda de Onu Mujeres y algunas parlamentarias, se aprobó por unanimidad la Ley del Respeto Callejero, que consta de 3 artículos que modifican el Código Penal.

Para entender más de esta modificación a la ley, La Cuarta Mujeres conversó con María José Guerrero, presidenta de Ocac, quien explicó detalladamente y, de manera muy fácil, de qué se trata este gran paso.

"Esta Ley lo que hace es reconocer actos de violencia sexual como un delito, que lamentablemente en Chile no era reconocido por nuestro código penal y que sanciona las acciones como delito, como por ejemplo, la masturbación en público, lo que no era un delito de violencia sexual".

-¿Qué otras aberraciones no lo eran?

Las tocaciones no eran delito sexual, las grabaciones y las divulgaciones en espacios públicos tampoco lo eran; por lo tanto, qué pasaba, niñas y mujeres que generalmente son víctimas de estos hechos quedaban en desamparo total a nivel de legislación, iban a denunciar y Carabineros les decían devuélvanse para su casa, esto no es delito.

- ¡Tremendo logro! ¿Qué hicieron para lograr esta ley?

Conversamos con muchos diputados y diputadas de los diferentes partidos para que ellos presentaran este proyecto de ley y ahí fue un tránsito de más de 4 años, de mucho trabajo, sobre todo de nuestro equipo jurídico para poder robustecer este proyecto de ley.

- ¿Qué viene ahora para Ocac?

Esta aprobación es uno de los pasos, pero ahora tenemos que hacer que esto funcione, que no haya revictimización cuando las víctimas vayan a dejar sus denuncias y también potenciar otros tipos de aspectos, como políticas integrales acerca de la violencia de género, potenciar el proyecto de violencia integral hacia mujeres, como por ejemplo, la educación no sexista en los colegios.

Los 3 pasos que debe saber:

  1. ¿Qué penas arriesga quién falte a la ley de Respeto Callejero? Van desde multas, porque son consideradas faltas, como por ejemplo, las acciones verbales explícitas de significación sexual, vale decir, amenazas de violación hasta penas de presidio, a quienes tengan connotación de abuso sexual por sorpresa en el espacio público, como también por sacar fotos y divulgarlas.
  2. ¿Qué se necesita para hacer la denuncia? Todos los delitos operan con medios probatorios, que pueden ser corporales, signos de golpes, testigos y grabaciones por ejemplo. Una de las características del acoso callejero es que ocurren a plena luz del día y con más gente alrededor, ¿qué pasa? Que tenemos el medio probatorio por excelencia, que es el testigo o la testigo, pero hay que entregarle la legitimidad necesaria.
  3. ¿Dónde se debe denunciar? Esta denuncia se hace en PDI, Fiscalía y Carabineros, que tienen la obligación de tomar tu denuncia siempre. En el caso de Carabineros, no es el ente persecutor ni investigador, por lo tanto aunque incluso no tengas medio probatorio como grabaciones o como testigos, tienes el derecho de realizar las denuncias.

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