Consejos para cambiar sin problemas tu regalo navideño en caso de fallas
Tras una nueva Navidad y en vísperas de Año Nuevo, el Servicio Nacional del Consumidor recuerda el derecho a la garantía legal por falla o desperfecto de algún regalo recibido durante los últimos días de 2017.
La Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) establece este derecho para aquellos productos comprados nuevos y que vengan defectuosos o se dañen por un uso normal. En ese caso, el derecho a la garantía legal o el 3×3, significa que los consumidores durante los primeros 3 meses desde la compra del producto, pueden elegir entre tres alternativas: el cambio, la devolución o la reparación. El consumidor elige, no la empresa.
Este derecho es válido incluso si el producto fue comprado en una liquidación. Los carteles o timbres en las boletas donde se indique que no se responde por cambios o devoluciones, no son válidos ante la Ley.
"Para ejercer el derecho a garantía, las empresas no pueden derivar al consumidor a lugares lejanos o atender en horarios diferentes a los de venta normal. Es decir, las empresas deben ofrecer las mismas condiciones en que realizaron la venta del producto", sostuvo el Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz.
OJO CON EL DATO
Además, los proveedores tampoco pueden poner barreras en el ejercicio del derecho a garantía, como permitir el cambio o devolución del dinero bajo la condición de restituir los envases originales o aplicar cobros por ello.
"No existe una obligación legal para pasar por el servicio técnico. Si el consumidor acepta esta alternativa, el plazo de la garantía legal se suspende por el tiempo en que el producto esté siendo analizado. Una vez conocido el problema y el origen de la falla, si no es de su responsabilidad, el consumidor puede elegir cualquiera de las tres opciones de garantía", agregó la autoridad del organismo.
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