Corte condena al Estado de Chile a pagar $40 millones a 31 de los 33 mineros de Atacama
Fallo acreditó "el actuar negligente de los órganos del Estado, la existencia del daño causado y la relación de causalidad entre ellos".

El Estado de Chile deberá pagar 40 millones de pesos a 31 de los 33 minutos que estuvieron bajo tierra tras el derrumbe de la mina San José en agosto de 2010.
Aludiendo a la negligencia, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Fisco.
De acuerdo a la resolución -revelada por 24 Horas- la indagatoria evidenció que el Estado faltó a su deber de protección, incluyendo a diversos organismos públicos y actuó "de manera negligente en el cumplimiento de sus funciones". Por los mimos, deberá "responder por la falta de servicio alegada y acreditada, por lo que el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por él, será mantenido".
"Misma decisión, se adopta en cuanto a la alegación formulada por el Sernageomin, en cuanto a la responsabilidad que le cabría al empleador en los hechos que motivaron el derrumbe en la mina de su propiedad", añadió la Corte.
La sentencia también apunta a la necesaria respuesta del Fisco por los "perjuicios ocasionados a los actores, siendo acogida la demanda dirigida en su contra".
"En efecto, se ha acreditado el actuar negligente de los órganos del Estado, la existencia del daño causado y la relación de causalidad entre ellos", se añadió en el texto.
Daños sicológicos
La Corte recalcó que "los 33 trabajadores no hubiesen terminado enterrados vivos en dicho yacimiento" si los diferentes órganos del Estado hubiesen cumplido su obligación legal.
"Debe recalcarse que la Mina San José contaba con todas las autorizaciones que le exige la ley para funcionar, a pesar de inclumplir de manera reiterada y crónica con las exigencias básicas, constatado todo por los diversos entes estatales", se consignó en el fallo.
Respecto al rescate, la Corte determinó que "no pudieron ser rescatados en un tiempo inmediato, manteniéndose bajo tierra por un tiempo prolongado, provocándoseles a los trabajadores los daños sicológicos acreditados en el proceso" y que generaron "los dolores y turbaciones psíquicas que derivan del menoscabo padecido".
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