¿Cómo funciona la "portabilidad" de los servicios de gas residencial?

Incentivar la competencia en la distribución de gas residencial, es el espíritu de la entrada en vigencia del nuevo procedimiento que establece el derecho de los clientes de gas natural o gas licuado de petróleo, abastecido con tanque en edificios, condominios y viviendas particulares, a cambiar de empresa distribuidora. Así lo anunció el martes la Ministra de Energía, Susana Jiménez.

El proceso se inicia con una "solicitud de cambio" por parte del cliente ante la nueva empresa distribuidora de gas, a través de un "formulario de solicitud de cambio" disponible en las sucursales de atención de público, o en los sitios web de la nueva empresa. Esta deberá entregarle al cliente interesado una copia de la solicitud de cambio como respaldo.

Dentro de los 15 días hábiles la empresa entrante informará por escrito al solicitante acerca del rechazo o aceptación de su solicitud de cambio. Esta compañía podrá optar por usar parte o la totalidad de la infraestructura que la empresa saliente tenía en terrenos del cliente. Los reclamos que puedan surgir en este proceso se deberán dirigir a la SEC.

Este procedimiento de cambio de empresa distribuidora no se aplica a los cambios de cilindro de gas licuado de 45, 15, 11, 5 y 2 kilogramos.

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