Reglamento de copropiedad no puede prohibir tenencia de mascotas

Los reglamentos de copropiedad no pueden impedir que uno o más vecinos tengan mascotas en sus hogares.

Así lo dictaminó de forma unánime la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones, tras acoger una demanda presentada por una vecina de Vitacura. Aquello, por considerar que dicha prohibición está fuera del ámbito que le corresponde al reglamento.

En tal sentido, argumentó que "su impropiedad es de tal envergadura, que impone una limitación al ejercicio de un derecho de propiedad que en la actualidad tiene características especies".

En su fallo el tribunal de alzada capitalino detalla que "impedir mantener a una mascota con sus dueños implica un actuar abusivo, al colocarlo en la situación de tener que abandonar al animal en el supuesto de que nadie lo reciba, lo que es sancionado actualmente como maltrato o crueldad animal conforme al artículo 291 del código Penal".

Modificar el reglamento

El actual reglamento del edificio establece que "queda terminantemente prohibido: Diecinueve: ingresar al Edificio y/o mantener en cualquier unidad o espacio común o Bien de Dominio Común, animales domésticos".

Pero ahora, dada esta resolución, la Corte de Apelaciones ordenó modificar el reglamento del edificio en el artículo respectivo, modificándolo por la prohibición de "mantener en cualquier espacio común o bien de dominio común, animales domésticos".

De esta forma, el tribunal de alzada capitalino sentó una jurisprudencia respecto de la tenencia de mascotas en edificios y condominios.

Ahora habrá que esperar si el resto de la comunidad apela a la Suprema, y qué decisión podría tomar el máximo tribunal del país.

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