Se les acabará la fiesta a los arrendatarios morosos
Diputado Gonzalo Fuenzalida presentará modificaciones a la ley N°18.101 para que los frescolines que no paguen la renta sean desalojados de la vivienda en un plazo de 30 días.

Miles de personas a lo largo del país han visto en el arriendo de bienes raíces su fuente de ingresos para llegar a fin de mes o una entrada de dinero extra que nunca está de más. Sin embargo, a muchos dueños de propiedades les ha traído problemas que han convertido su vida en una pesadilla.
La razón es una sola: arrendatarios que no cumplen con la obligación de pagar a tiempo el precio por la utilización de un bien inmueble para los fines para los que fueron solicitados.
Actualmente, la ley establece una tramitación "rápida", que en promedio dura siete meses, para decretar - si procede- el lanzamiento con auxilio de la fuerza pública.
De acuerdo a datos proporcionados por la Corte Suprema, al año se presentan más de 15.000 juicios de arrendamiento y estiman que cerca de 60 mil familias dueñas de uno o más inmuebles se ven afectadas económicamente por arrendatarios morosos.
Es por ello que el diputado Gonzalo Fuenzalida (RN) presentará este lunes un proyecto para modificar la ley N° 18.101 sobre arrendamientos.
"Hace años vengo escuchando historias de gente que tiene problemas por la falta de pago de sus arrendatarios y que no pueden sacarlos de sus viviendas. Algunos están llenos de deudas acumuladas por años y muchas veces el hogar en pésimas condiciones", dijo el parlamentario respecto a las motivaciones para gestionar el cambio en la norma.
Fuenzalida agregó que esto es el resultado de la protección que da la actual legislación. "Los procesos de recuperación del inmueble son demasiado largos. A veces hasta pueden durar más de un año, es por eso que creo que de manera urgente hay que ponerle freno a esta situación, para que no se cometan más abusos en contra de familias que solo buscan un ingreso extra", señaló.
Cambio. El proyecto pretende introducir una medida cautelar de lanzamiento provisorio en contra de aquel arrendatario que demuestre un comportamiento irresponsable en el pago o cuidado del inmueble, la que se verificará durante el juicio de arrendamiento, cuya tramitación tiende a ser breve y concentrada.
Esto significa que de aprobarse los cambios a la normativa, será posible que los dueños de un inmueble puedan recuperar en 30 días su bien raíz y posteriormente se lleve a cabo el juicio por los daños y perjuicios que el no pago de la renta pudiera ocasionarle a los propietarios.
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