Se ofició al CNTV: Tribunal prohíbe informar sobre juicio contra Nicolás López tras entrevista de matinal

Además, se dio cuenta de la resolución al Comité de Ética del Colegio de Periodistas.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar decretó la prohibición a intervinientes y abogados de entregar información o formular declaraciones a los medios de comunicación durante el desarrollo del juicio contra el cineasta nacional Nicolás López, acusado de los delitos de violación, abuso sexual y ultraje a las buenas costumbres.

La decisión adoptada por el tribunal se da tras un “incidente planteado por la defensa y se refiere a la infracción al artículo 329 inciso sexto del Código Procesal Penal, que impide a los testigos y peritos a comunicarse entre sí antes de declarar, ni ver, oír ni ser informados de lo que ocurriere en la audiencia”.

Según detalló el Poder Judicial, durante el espacio de incidentes, la defensa informó que “el 16 de marzo, en un programa matinal, uno de los testigos del Ministerio Público que aún no ha declarado en el juicio, concedió una entrevista en que además los panelistas e invitados comentaron declaraciones de un testigo que declaró entre el lunes 14 y martes 15 de esta semana”.

“En ese contexto se sometió a debate de los intervinientes una eventual infracción al artículo 329, que impide a los testigos y peritos, antes de declarar, a comunicarse entre sí, ni ver, oír ni ser informados de lo que ocurriere en la audiencia”, se detalló.

Se ofició al CNTV

Por ese motivo, el tribunal resolvió decretar “la prohibición para los intervinientes, abogados, testigos y peritos a fin de precaver eventuales sucesivas vulneraciones a esta disposición, fundándose, además, en lo dispuesto en el artículo 10 del mismo código que consagra el estatuto de garantías del imputado, y teniendo presente que pese a ser el juicio oral un procedimiento público, ante los hechos revelados por la defensa, y estando facultado el tribunal a limitar el principio de publicidad por la letra c) del artículo 289 del citado código instrumental, se dispuso la mencionada prohibición de informar”.

Además, se agregó que “finalmente, y con el objeto que se indaguen eventuales responsabilidades, se ofició  esta resolución al Consejo Nacional de Televisión y al Tribunal de Ética del Colegio de Periodistas para su conocimiento y fines que estimen pertinentes”.

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