Crónica

Transexuales chilenos podrán cambiar el sexo en su carné sin operarse

Desde ahora los chilenos transexuales podrá cambiar su nombre y su sexo registral sin necesidad de haberse sometido a cirugía alguna.

Así lo estableció en fallo dividido la Cuarta Sala de la Corte Suprema, que revocó una sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Santiago, la que había rechazado el cambio.

De esta forma, el máximo tribunal del país estableció que pese a que la legislación chilena no lo contempla, son los principios internacionales en materia de derechos humanos los que facultan a los jueces a realizar la modificación.

"En tal sentido, los jueces de instancia cometen un error al señalar que no existiendo norma que regule y autorice la materia, el cambio de nombre y sexo legal de las personas transexuales ha quedado entregado al criterio personal de cada juez en lo civil que conoce del caso, toda vez que la interpretación de las leyes nacionales, como ha señalado reiteradamente nuestra jurisprudencia, debe ser efectuada a la luz de los principios constitucionales y legales, comenzando por el derecho a la identidad y la dignidad de las personas que se encuentran en estrecha vinculación, razón por la cual la primera le pertenece a todas las personas sin discriminación", detalla el fallo.

La sentencia también detalla que "el Estado de Chile se ha obligado, a través de la ratificación de distintos tratados de derechos humanos, con la obligación de no-discriminación y la garantía de los derechos humanos para todas las personas sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social".

Transgénero

"En cuanto a las personas transgénero, deben ser siempre tratadas con pleno respeto y garantías a sus derechos humanos consagrados en los distintos instrumentos internacionales. Aunque la categoría prohibida de 'identidad de género' no esté explícitamente mencionada en los tratados internacionales ratificados por Chile, la Corte Interamericana de Derechos Humanos la ha entendido subsumida en "cualquier otra condición social", tal como lo explicitó en el caso 'Atala Riffo y otras contra Chile'", precisa el texto.

Además "queda claro que las obligaciones internacionales que Chile ha contraído abarcan la prohibición de discriminación por identidad de género, incluyendo el derecho a la salud, integridad física y psíquica y la privacidad. En consecuencia, el Estado deberá facilitar el cambio de nombre y sexo registral, sin condicionamiento a una intervención quirúrgica o un tratamiento hormonal", puntualiza la sentencia.

A continuación la Corte Suprema indica que "es en estas situaciones, donde los principios constitucionales y legales entran en juego en un Estado de Derecho, en cumplimiento del mandato del inciso cuarto del artículo 1º de la Constitución, de encontrarse el Estado al servicio de la persona humana, contribuyendo a crear las condiciones sociales para el mayor desarrollo personal de tipo material y espiritual posible".

"En este tipo de situaciones especiales es donde habrá de primar la faz de la identidad de género, precisamente como eje esencial en el autorreconocimiento como persona singular y frente a la sociedad. En definitiva, si actualmente la ley permite el cambio de nombre y, a la vez, prescribe que el nombre debe ajustarse al sexo, entonces se concluye que todo cambio de nombre debe respetar la realidad que le sirve de parámetro y, si tal realidad se encuentra consignada equivocadamente, debe ser corregido el instrumento respectivo, junto a la modificación del nombre", detalla la sentencia del máximo tribunal.

Por último, asegura que "supeditar la sentencia de reasignación sexual, a la previa realización de una intervención quirúrgica, implicaría una seria incongruencia. En efecto, sería quedarnos en una visión reduccionista que equipara el sexo en términos jurídicos, con solo una de sus exteriorizaciones, en este caso, la presencia de órganos genitales externos masculinos, obviando los mandatos constitucionales y valoraciones legales más importantes en desmedro de la identidad personal del involucrado".

La Cuarta Sala dela Corte Suprema estuvo compuesta por los ministros Haroldo Brito, Ricardo Blanco y Andrea Muñoz, y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Rodrigo Correa. El voto en contra correspondió al ministro Blanco.

Más sobre:SexoCirugíaCorte Suprematransexualesregistraljueces

Lo último

hace 27 min
Nueva apariencia de la diputada estuvo lejos de pasar desapercibida.
Espectáculos

Maite Orsini deja en shock a todos y genera reacciones con radical cambio de look: luce irreconocible

hace 30 min
Dichos del diputado abrieron un flanco en la campaña de José Antonio Kast.
Chile

“¿Incluso a un violador de niños?“: Diputado republicano desata feroz polémica por apoyo a indultos humanitarios

hace 41 min
Karen Doggenweiler no pudo contener la risa ante el chascarro.
Espectáculos

“Me va a matar”: Karim Butte rompió en vivo Copihue de Oro de José Antonio Neme

hace 59 min
“Nosotros somos los que estamos invadiendo su hábitat, no tenemos por qué estar eliminando”, dijo en entrevista con La Cuarta. Por si fuera poco, soltó unas papitas sobre Bicitantes, su recordado programa de viajes.
Chile

Lucho Andaur llamó a tener conciencia tras los asesinatos de una familia de pumas y dio alerta: “En este país capaz que salga la ley de caza”

13:03
En la entrega de los Copihue de Oro, la bailarina se sinceró sobre la fallida propuesta de CHV.
Espectáculos

Cony Capelli contó por qué decidió bajarse de la animación del Festival de Chanco: “Esas oportunidades, si no lo haces bien, es un retroceso”

13:03
Comunicadora explicó los motivos sobre por qué no estuvo presente en las 27 horas de amor.
Espectáculos

“A lo mejor ellos pensaron...”: Cecilia Bolocco cuenta la verdad sobre su inesperada ausencia en la Teletón