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Despabílate: Accidentes de trabajo, trayecto o enfermedad profesional ¿debo pagar por mi atención de salud?

La Cuarta y Mutual de Seguridad te explican con peras y manzanas la Ley 16.744 del Seguro Social contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Así como se aprenden las canciones del Jere klein, acuérdese también de esta “papita” que es mucho más fácil de entender y que trae Mutual de Seguridad y La Cuarta. La Ley 16.744 del Seguro Social contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales es un derecho para los trabajadores y trabajadoras.

¿Cómo? Esta “joyita” protege a todos los trabajadores dependientes e independientes que cotizan, entregando a través de las mutualidades, en este caso, Mutual de Seguridad, el 100% de cobertura médica frente a los accidentes laborales que ocurren a causa o con ocasión del trabajo; y a las enfermedades profesionales causadas de manera directa por el ejercicio de su trabajo.

¿Qué se consideran prestaciones médicas? Elemental, mi querido Watson…: Las prestaciones médicas son todas las necesarias para lograr la recuperación de un trabajador sin costo para él, o sea ¡al gratín! ¿Qué me dicen? Una ayudita para el bolsillo nunca está demás.

Vamos al grano ahora, las prestaciones médicas que contempla el Seguro Social de Accidentes del Trabajo y enfermedades profesionales son:

1. Atención médica, quirúrgica y dental especializada.

2. Hospitalización (en el caso de ser necesario).

3. Entrega gratuita de medicamentos y productos farmacéuticos.

4. Exámenes tales como Scanner, RX y Resonancia Magnética según se requiera.

5. Prótesis, aparatos ortopédicos y sus respectivas reparaciones.

6. Rehabilitación física, psicológica y cualquier otro gasto que sea necesario para su recuperación.

Además, las mutualidades pagan las licencias médicas desde el primer día de reposo, independientemente de los días otorgados.

Para hacerle el aguante a todos los trabajadores y trabajadoras del país, Mutual de Seguridad, como organismo sin fines de lucro que administra la ley del seguro social contra accidentes laborales, tiene cobertura de salud laboral a lo largo y ancho de todo Chilito. Para ello ha puesto a disposición de los trabajadores la más moderna tecnología hospitalaria. Hoy se ha transformado en un verdadero referente en el tratamiento del trauma y la rehabilitación. ¡Un lujo!

Si quedaste con preguntas no temas visitar la web de Mutual de Seguridad www.mutual.cl y abastecerte de todo el KI de conocimiento.

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