Nómina definitiva: revisa si eres vocal de mesa en las elecciones primarias

Nómina definitiva: revisa si eres vocal de mesa en las elecciones primarias. Foto de archivo Dragomir Yankovic/Aton Chile.
Nómina definitiva: revisa si eres vocal de mesa en las elecciones primarias. Foto de archivo Dragomir Yankovic/Aton Chile.

El Servel dispone del listado final de personas designadas para esta labor, sea de forma inicial o como reemplazantes.

Desde este sábado está disponible la nómina de personas llamadas a desempeñarse como vocal de mesa en las próximas elecciones primarias, que se desarrollarán el domingo, 9 de junio.

El listado a cargo del Servicio Electoral (Servel), incluye tanto a los primeros designados -informados el pasado sábado- como a quiénes deberán sumarse como reemplazantes, teniendo el cuenta el periodo de excusas extendido durante esta semana.

Revisa si eres vocal de mesa

Se puede revisar si corresponde ser vocal de mesa en las elecciones primarias en la página del Servel con el RUT o a través de la línea 600 6000 166.

Quiénes pueden excusarse

Las personas que no puedan desempeñarse como vocal de mesa deben encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Tener 70 o más años de edad.
  • Mujeres embarazadas, acreditando a través de un documento extendido por el recinto que realiza el control de salud o un certificado médico.
  • Madre o padre de hijos menores de 2 años, con un certificado de nacimiento.
  • Quien se desempeña como cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales.
  • Estar entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

COMPARTIR NOTA