Revisa con tu RUT el pago del Subsidio Familiar de abril

Revisa con tu RUT el pago del Subsidio Familiar de abril. Foto referencial.
Revisa con tu RUT el pago del Subsidio Familiar de abril. Foto referencial.

Este beneficio entrega mensualmente un monto de $20.328 por carga familiar. Revisa aquí los detalles y si puedes recibirlo.

Con cada mes comienza una nueva entrega del Subsidio Familiar o Subsidio Único Familiar, un aporte económico diseñado para aliviar los gastos de determinadas familias.

Para este año se designó un monto de $20.328 por carga familiar, a grupos que se encuentren dentro del 60% de menores ingresos, según indique el Registro Social de Hogares.

Cuándo se paga el Subsidio Familiar

Se pueden revisar los pagos del Subsidio Familiar dentro de la siguiente página de consulta de ChileAtiende, donde se debe ingresar el RUN.

Si la identidad de la persona tiene beneficios asociados, mostrará la fecha y forma en que se podrá cobrar el dinero.

Lo mismo aplica a otras ayudas sociales asignadas, de acuerdo a la información del Instituto de Previsión Social.

Quienes dispongan de una CuentaRUT vigente, recibirán el dinero por esa vía. En el caso de preferir otro modo de pago, se puede solicitar una modificación.

Revisa con tu RUT el pago del Subsidio Familiar. Foto referencial.
Revisa con tu RUT el pago del Subsidio Familiar. Foto referencial.

Quiénes reciben el beneficio

El pago se realiza a personas que no puedan proveer por sí mismas la mantención de sus cargas. Según explica ChileAtiende, se entrega al grupo en el siguiente orden de prioridad:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que estén a cargo del niño.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o invalidados de cualquier edad.
  • Las embarazadas.

Mientras tanto, son causantes del aporte quienes vivan a expensas del beneficiario, personas que:

  • Sean menores de edad y participen de los programas de salud creados por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no tengan una renta igual o mayor al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta en este caso). En el caso de niños mayores de 6 años es obligatorio acreditar que son alumnos regulares de enseñanza básica, media o superior en establecimientos del Estado o reconocidos por este.
  • Tengan una discapacidad intelectual mencionada en la ley Nº 18.600, de cualquier edad. No deben ser beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o una pensión asistencial.

El subsidio se solicita en la municipalidad correspondiente al domicilio. En tanto, familias con menores de 18 años y pertenecientes al 40% más vulnerable, pueden recibir el Subsidio Familiar Automático, sin realizar ningún trámite.

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