Revisa si eres vocal de mesa y tu local de votación para el plebiscito constitucional

FOTO: DIEGO MARTIN/AGENCIAUNO

En el sitio del Servel podrás revisar con tu RUT si fuiste designado como vocal de mesa, además de conocer los datos de tu local de votación.

El Servicio Electoral (Servel) ha publicado la primera nómina de vocales de mesa para el Plebiscito Constitucional del próximo 17 de diciembre, en la que los chilenos deberán votar “A Favor” o “En Contra” de la nueva propuesta redactada por el Consejo Constitucional.

A su vez, también entregó la información con respecto a los locales y la mesa en la que te corresponde específicamente votar.

¿Cómo saber si soy vocal de mesa para el plebiscito?

Para saber si fuiste designado como vocal de mesa para el plebiscito de diciembre de este año, debes ingresar al sitio de consulta del Servel y debes digitar tu RUT, sin puntos y con guión.

Allí podrás encontrar todos tus datos electorales, como tu mesa y local de votación, si estás habilitado o no para sufragar.

Al final, habrá un apartado en el que indicará si has sido designado/a vocal de mesa.

Servel publicó la nómina de vocales de mesa para el Plebiscito constitucional

¿Cómo me puedo excusar de ser vocal de mesa?

Quienes hayan sido designados como vocal de mesa para este plebiscito, podrán excusarse ante la Junta Electoral entre el 27 y 29 noviembre.

Por ley, los motivos por los cuales se permiten excusarse son:

  • Tener 70 o más años de edad.
  • Mujeres embarazadas.
  • Desempeñarse como cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales.
  • Madre o padre de hijos menores de 2 años, con un certificado de nacimiento.
  • Estar entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Leer más en La Cuarta:

Gobierno instala Kiosco “Chile Vota Informado”: podrá retirar copia de propuesta de la Constitución de forma gratuita

Con foto de Catalina Pérez y video de extranjeros: franja del A Favor saca ronchas con el “que se jodan”

COMPARTIR NOTA