Por Diego Vera Lermanda“Tiene que haber una retribución económica”: Dirección del Trabajo sale al paso por caso de Karol Dance
Director del Trabajo fue consultado sobre el caso de Karol Dance y explicó cuándo se trata de un trabajo.

La Dirección del Trabajo salió al paso de la polémica que envuelve al ex chico Yingo, Karol Dance, quien ha defendido no pagar remuneraciones a sus colaboradores en su canal de Youtube y llamó a la juventud a hacer cosas “por experiencia” y no por sueldos.
En entrevista con radio ADN, el actual director del Trabajo, Pablo Zenteno, sostuvo que las prestaciones de servicios deben ser remuneradas, y que más allá de un contrato, las definiciones están en la ley.
“Toda prestación de servicios en un contexto de subordinación y dependencia debe ser remunerada, independientemente de si la empresa genera ingresos o no”, declaró.
Respecto a las declaraciones de Karol Lucero, quien afirmó que sus colaboradores no eran trabajadores, pues hacían todo de forma voluntaria, Zenteno indicó que por ley todo trabajo es voluntario.
“En Chile existe la libertad de trabajo, entonces toda prestación de servicio es siempre voluntaria, no existe el trabajo forzado. La esclavitud la eliminamos hace mucho tiempo. La prestación de servicio es un acto de voluntad”, aclaró el funcionario.
Sobre la definición de trabajo, indicó que se trata de una prestación de servicio, donde el empleador pone la organización y apuntó a que debe ser “remunerado”
“Por un lado, que existe una prestación de servicio personales, es decir que mi persona haga la prestación de servicio. Que esa prestación se haga bajo subordinación y dependencia, que sea el empleador el que imponga la organización de cómo hacer el trabajo”, indicó.
“A partir de esos dos elementos, tiene que haber una retribución, una contraprestación que es económica, que se conoce como remuneración“, agregó.
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