Crónica

Cinco claves para entender los alcances de la nueva "Ley del Saco"

En La Vega, durante los años sesenta, los cargueros llevaban hasta 100 kilos sobre sus hombros. Luego, su peso bajó a 80, después disminuyó a 50. Desde ayer, luego que entrara en vigor la norma 20.949, conocida como la "Ley del Saco", los trabajadores sólo podrán llevar sobre sus espaldas 25 kilos como máximo.

La medida beneficiará a los cerca de 500 cargadores que trabajan desde madrugada en el popular mercado ubicado en el extremo sur de la comuna de Recoleta. Y no serán los únicos.

Según los datos que entregó el Ministerio del Trabajo, son cerca de 600.000 los trabajadores de carga que en distintas áreas productivas del país. Como comercio, construcción, agricultura e industria manufacturera serán beneficiados.

Una de las más contentas por ver a la luz esta iniciativa, fue la ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss, quien señaló que "esta es una muy buena noticia para los trabajadores y trabajadoras chilenos. Se convierte en una mejora sustantiva en materia de prevención. Protegiéndolos de los riesgos futuros que derivan del manejo y manipulación manual de carga".

Para Fernando Bascuñán, traumatólogo de la Clínica Avansalud y Clínica Lo Curro, "se debería regular la edad y oficio. Veinticinco kilos es una barbaridad de carga. Uno va a Estados Unidos y no ve gente levantando peso. Va a tener un efecto sobre su columna a mediano o largo plazo. Porque hay que considerar un factor de edad".

Agregó que "creo que es necesario hacer un estudio consensuado entre la ergonomía y capacidades de fuerza".

LAS CINCO CLAVES DE LA LEY DEL SACO

¿En qué consiste la nueva ley?

Con esta normativa si la manipulación es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que ningún trabajador opere con cargas superiores a 25 kilogramos, reduciendo sustancialmente el límite de 50 kilos permitido antes de la modificación.

¿Qué ocurre con los menores de 18 años y las mujeres?

No podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar ni empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a 20 kilogramos en el caso de mujeres y jóvenes menores de 18 años, y 25 kilogramos en el caso de los hombres.

¿Qué pasa si una empresa no cumple la ley?

De incumplirse la nueva normativa, la Dirección del trabajo será el organismo fiscalizador que podrá sancionar a las empresas.

Las sanciones pueden variar entre 9 y 60 UTM ($420 mil y $2 millones 800 mil aproximadamente). Dependiendo de si la empresa tiene entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores.

¿Qué rol cumple el empleador?

Éste tendrá la obligación de asegurar que se tomen las medidas adecuadas que eviten la manipulación de cargas. En caso de ser necesario hacerlo, tendrá la responsabilidad de entregar a los trabajadores las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas. Otorgando la implementación necesaria con el fin de prevenir eventuales accidentes y enfermedades profesionales.

"Con esta ley no solo se busca restringir los límites de carga. También establecer el deber que tiene el empleador de identificar los riesgos e instalar procedimientos seguros. Además de informar y capacitar a los trabajadores de la manipulación correcta de las cargas", explicó la titular del Trabajo.

¿Qué empresas deberán cumplir con esta ley?

Todas las empresas que se vean afectas a labores de carga manual.

"Esta ley refleja el compromiso del Gobierno con el derecho de los trabajadores chilenos a tener un buen trabajo, con dignidad y a realizar su trabajo en condiciones de seguridad. Preocupándose de que su salud e integridad física y psíquica estén debidamente resguardadas. Y así estamos dando cumplimiento a la normativa internacional, porque la seguridad y salud laboral son conceptos que forman parte del trabajo decente que impulsa la Organización Internacional del Trabajo (OIT)", afirmó la ministra Alejandra Krauss.

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