Crónica

Las claves de la Ley de Insolvencia que ayudaría a deudores del CAE

Los encalillados con el Crédito con Aval del Estado (CAE) quedaron pa' dentro con la papita sobre la Ley de Insolvencia. Y es que la noticia de que existe un procedimiento legal pa' dejar atrás esa deuda causó alegría en unos y desconfianza en otros. "¿Es tan bueno como lo pintan?", era la pregunta frecuente.

Estas y otras dudas las quisimos resolver con Bastián Vergara del programa "Profesionales sin Deudas" del Estudio Jurídico Advit. El abogado respondió a las preguntas más comunes que asaltaron a los lectores pop en relación a este tema.

"Nosotros trabajamos con personas que mantienen la deuda con el CAE hace más de un año. Y no hemos tenido ningún problema en aplicar la ley de insolvencia en sus casos. No sólo con este tipo de crédito universitario, sino también con el Crédito Corfo, Fondo Solidario, todo es aplicable con esta ley", aseguró.

Las dudas más frecuentes de la Ley de Insolvencia

  • ¿Esto es una especie de "perdonazo" del CAE?
  • Y eso tiene que quedar muy claro. Cuando uno se acoge a la Ley de Insolvencia y Emprendimiento no es que te borren la deuda así no más. Es una normativa que te permite declarar que no posees el dinero para pagar el crédito. Y de ahí, se busca una solución con los acreedores.
  • ¿Y en qué consiste esa solución?
  • Al ser un procedimiento legal, debe realizarse con la asesoría de un abogado. Pero a diferencia de otros trámites, es mucho menos engorroso. La ley especifica que los deudores pueden entregar los bienes que posee para liquidar la deuda.
  • ¿Y qué tipo de bienes? Hay gente que con suerte le alcanza para subsistir.
  • Bienes materiales como un televisor, computador, lavadora, refrigerador, entre otras cosas.
  • Pero igual no tiene mucho brillo entregar lo poco que uno posee.
  • Claro, al principio uno lo percibe como una pérdida. Pero si se analiza bien, para quienes deben 15 o 20 millones en el Crédito con Aval del Estado, lo que se paga es mucho menos a la deuda. Además, si ya estás en Dicom, este trámite te limpia los antecedentes.

¿Y la letra chica?

  • Pero debe tener alguna letra chica, ¿o no?
  • La principal duda de quienes se acogen a esta Ley, es que ocurrirá si desean pedir algún crédito a futuro. Quizás para su casa o para algún emprendimiento. Temen quedar en alguna "lista negra" de los bancos y que no puedan optar a nada. En realidad, quien está en Dicom, ya está en una "lista negra" para las entidades bancarias, eso deben tenerlo presente.
  • ¿Entonces?
  • Deben estar tranquilos. Si tras acogerse a la Ley de Insolvencia, tiene las condiciones para optar y pagar un crédito, el banco no debería negárselo, porque los antecedentes financieros del endeudado están limpios. Y si llegaran a rechazarlos aun teniendo todo en cero, se puede alegar discriminación arbitraria. Aunque nosotros recomendamos que los morosos esperen de seis meses a un año para asumir otro compromiso de esta índole. La idea también de este recurso, es que la gente pueda ordenarse con sus cuentas.

El aval puede respirar tranqui

  • Súper. ¿Y qué pasa con el aval?
  • Tampoco pueden molestarlo. De alguna manera más sencilla de explicarlo, es que con este procedimiento la deuda deja de existir. Y quien asume la responsabilidad de ello es el endeudado. El aval es sólo una garantía, pero si se acoge a la Ley de Insolvencia, no pueden molestarlo ni quitarle sus bienes.
  • ¿Y qué tan salado sale pagarle a un abogado por el trámite?
  • En el caso nuestro, somos conscientes de que las personas que acuden a nosotros toman este camino por necesidad. Porque el problema los supera y el dinero no les alcanza. Nosotros conversamos con ellos y acordamos la manera de que paguen nuestros servicios de la manera que les salga más cómoda.
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