Informe de Gendarmería descarta resguardos especiales para Nicolás López: se irá a celdas comunes

Cineasta deberá irse al módulo 12, donde compartirá con el resto de los presos.

Días claves enfrenta Nicolás López al interior de Santiago 1 tras ser condenado por dos abusos sexuales. Por el momento, el director de “Qué pena tu vida” está aislado en el Área de Salud (ASA) debido al protocolo Covid.

Sin embargo, este viernes se cumplió el plazo y deberá irse al módulo 12. En este lugar, compartirá con el resto de los imputados que están bajo prisión preventiva.

Según reveló La Tercera PM, en un reciente informe elaborado por el médico de ASA, José Arce Olavarría, el cineasta permanece sin “síntomas psicóticos” que hagan necesarios mayores resguardos.

Se trata de análisis que se elaboró en base a las entrevistas realizadas al interno el sábado 21 y el martes 24 de mayo. En el documento se detalla que “no presenta conductas de riesgo suicida ni conflictos con otros internos”. 

Buscan anular sentencia

Anoche, Paula Vidal, abogada de López, presentó el recurso con que pretende anular la sentencia del pasado lunes 16 de mayo, y para ello decidió ir hasta la sala penal del máximo tribunal acusando graves infracciones a las garantías de su representado durante el juicio oral.

En el libelo sostiene que los jueces vulneraron tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren actualmente vigentes. “Respecto de ninguna de las dos condenas existió prueba de corroboración alguna, infringiéndose con ello las garantías de un proceso justo, racional y legalmente tramitado”, asegura la defensa.

“El tribunal, a pesar de nombrar a los testigos que consideró, tiene por probada la ocurrencia de los hechos y la configuración del delito más allá de toda duda razonable en atención exclusiva a la declaración de la víctima, contraviniendo con ello el derecho de mi representado (...) dando por acreditados hechos en virtud del sólo mérito de la declaración de la víctima, lo que no puede fundar una decisión condenatoria al no ser capaces de superar el estándar fijado”, agregó.

En ese sentido, se plantea que “la presunción de inocencia prevalece sobre la perspectiva de género, teniendo que demostrarse no si la víctima miente, sino si existen elementos que corroboren su relato y que permitan destruir la presunción de inocencia que pesa sobre mi representado, cosa que no ocurrió en el presente juicio”. 

“El tribunal omite la prueba rendida en juicio en torno a que dicha pared, es decir, el lugar de ocurrencia de los hechos supuestamente abusivos, no existe, siendo física y espacialmente imposible que los hechos hayan ocurrido de la manera en que la víctima señala”, argumentan.

De esta manera, se solicita que se dicte sentencia de reemplazo, absolviendo por ambos hechos, “al no ser posible la configuración de los elementos típicos exigidos por el delito imputado”.

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