Más de $7.200 millones: 10 mil clientes del BCI recibirán devoluciones por cobros indebidos

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Banco deberá compensar por el costo del reclamo a todos los consumidores que acudieron al Sernac.

Tras un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) del SERNAC con el Banco BCI, la empresa deberá restituir a los consumidores que fueron afectados por cobros indebidos de parte de la entidad financiera por el concepto de gestiones de cobranza judicial, aplicados bajo la figura de supuestos “honorarios judiciales”.

El acuerdo, que ya fue aprobado por la justicia, implica que 10.350 consumidores que fueron perjudicados por estos cobros indebidos, entre el 1 de julio de 2020 y el 18 de enero de 2023, recibirán una devolución de su dinero que en promedio llega a $620.131, lo que incluye intereses y reajustes. Esto implica un desembolso para la entidad financiera de más de $7.200 millones.

También la empresa deberá compensar por el costo del reclamo a todos los consumidores que acudieron al SERNAC por este tema, entre el 1 de julio de 2020 y el 28 de septiembre de este año, ambas fechas inclusive.

Asimismo, a través de este procedimiento, BCI se comprometió a modificar su conducta y no aplicar a futuro este tipo de cobros ilegales a través de la modificación del contrato de adhesión y anexos respectivos, e informando estos ajustes a los consumidores con contratos vigentes.

Detalles del acuerdo

El acuerdo establece que BCI deberá realizar una campaña de contactabilidad e información a las y los consumidores, que incluye correos electrónicos, mensajes de texto o carta a la dirección postal del (la) cliente(a).

Es importante indicar que la implementación de este acuerdo no implica la solicitud de claves por parte de la entidad financiera a las personas.

Además de las comunicaciones individuales, el banco publicará en su sitio web la resolución que contiene el acuerdo alcanzado con el SERNAC.

Modo de pago

Una vez realizado el proceso de información, se procederá al pago del dinero. Los mecanismos establecidos para el pago del dinero serán los siguientes:

  • Si el consumidor beneficiado mantiene una deuda morosa (ya sea vencida o castigada), se descontará el monto de la restitución. Si quedara un monto a favor del consumidor beneficiario, le será transferido.
  • Si el consumidor no tiene deuda morosa, BCI transferirá el monto que le corresponda, ya sea de restitución y/o compensación en alguna de las cuentas que el cliente mantenga con el banco.
  • Si la persona actualmente no tiene cuenta con Banco BCI, la entidad financiera se comunicará con el consumidor para solicitar los antecedentes y proceder al pago, a través de una transferencia electrónica.
  • En caso que no sea posible realizar el pago a través de los mecanismos indicados anteriormente, la entidad financiera emitirá un vale vista electrónico para ser retirado por el beneficiario en cualquiera de las sucursales, informándole de esta situación a través de correo electrónico, SMS, mensajería instantánea o carta a la dirección postal.

¿Más bancos?

Los Procedimientos Voluntarios Colectivos corresponden a una facultad del SERNAC que permiten, extrajudicialmente, obtener en favor de los consumidores, una solución expedita, completa y transparente por conductas aplicadas por las empresas que vayan en contra de lo que establece la Ley del Consumidor.

En particular, esta gestión se inició luego de que el SERNAC detectara, a través de una investigación, que BCI, BICE y Banco de Chile incluían en sus contratos una cláusula donde fijaban anticipadamente el monto de los “honorarios judiciales” y el deber del consumidor de pagarlos con ocasión de la cobranza judicial de los créditos y la celebración de los acuerdos extrajudiciales que les ponían término.

En BCI estos “honorarios” correspondían a un 15% del monto demandado, mientras que en Banco de Chile era entre 10% y 15% del total demandado, más gastos y/o costas judiciales. En el caso del Banco BICE, era el 10% de lo demandado, más los gastos y costas judiciales.

A juicio del SERNAC, la inclusión de estas cláusulas y la aplicación de estos cobros no se ajustaban a lo que establece la Ley del Consumidor y atentaban en contra la buena fe, ya que no obedecen a parámetros objetivos y producían desequilibrio y perjuicio de los consumidores.

El SERNAC seguirá monitoreando a las instituciones financieras en esta materia, para verificar que se hayan erradicado estas cláusulas y prácticas en todo el mercado financiero.

Respuesta del Banco

· El banco quiere recalcar que lo que originó este caso fue una diferencia entre las partes sobre la interpretación de una norma y no se ha producido infracción alguna.

· Bci tomó el camino de este acuerdo en el entendido de que siempre ha actuado de buena fe y es del mejor interés de los clientes llegar a una solución lo antes posible.

· Los montos que serán devueltos corresponden exclusivamente a cargos por gastos de cobranzas judiciales en los que debió incurrir el banco en casos de clientes que incumplieron obligaciones pactadas entre las partes.

· Dichos clientes representan el 0,2%* del total del banco y son una excepción, ya que, si una persona tiene problemas para ponerse al día financieramente, el banco analiza el caso para ofrecerle facilidades de pago, como prórrogas, nuevos plazos y rebaja de cuotas, que le permitan regularizar su situación.

· Los clientes contemplados en este PVC serán contactados por Bci para la devolución.

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