Ministro Cordero por pensiones de gracia a personas con daño permanente: se mantienen

El ministro Luis Cordero expicó como funcionan las pensiones de gracia.
El ministro Luis Cordero expicó como funcionan las pensiones de gracia.

El secretario de Estado además entregó la cantidad exacta de beneficiarios.

Las últimas semanas se ha generado una gran polémica en el mundo de la política a raíz de las pensiones de gracia que ha entregado el Estado. La medida ha causado controversia debido a que hay personas que tras ser beneficiarias han cometido delitos, por lo que el Presidente Boric ha debido reconsiderar la idea.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, se refirió a la idea que ha surgido desde la oposición, donde señalan que se deberían revocar las pensiones de gracia. En el programa Estado Nacional, el jefe de la cartera se mostró un tanto harto de hablar nuevamente del tema. “El Presidente de la República lo ha definido, lo expresó la ministro Tohá y yo lo he expresado con anterioridad”, partió indicando.

Según señaló el secretario de Estado, el beneficio se mantendrá en las personas “si hay un daño permanente. Las lesiones oculares son el caso más evidente”. Esto, independiente de si hay antecedentes penales. “El Ministerio del Interior se encuentra estudiando cada uno de los expedientes”, agregó.

¿Cuántas personas reciben una pensión de gracia?

El subsidio se viene entregando desde la gestión de Sebastián Piñera, y si bien actualmente ya no se entregan más, son cientos los beneficiarios.

Tenemos 418 pensiones otorgadas producto de las glosas del estallido. Esto es bien relevante, porque aquí se ocupa la atribución general, pero está glosado por la glosa de 2021 y 2022″, indicó Luis Cordero.

“148 corresponden a la administración del expresidente Piñera, 270 a la administración del Presidente Boric. Se pagaron con los recursos del 2022, no se otorgan más pensiones asociadas al estallido”, aclaró.

Según comentó el secretario de Estado sobre el criterio utilizado para entregar este beneficio, señaló que “el Ejecutivo ha concentrado su labor en las personas que han sido condenadas con condenas previas o posteriores”. Además, los beneficiarios deben ser personas “que no hubiesen estado dentro de los supuestos que les permitía recibir la pensión, el daño permanente que le generó imposibilidad laboral”.

“Chile no tiene un mecanismo de compensación e indemnización por vía administrativa. Cualquier persona que sufre daño tiene que inevitablemente iniciar una demanda judicial (…) dura mucho tiempo y en el que el Consejo de Defensa del Estado hace su labor de defensa fiscal”, finalizó Cordero.

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