Expertos califican de "mito" compensación económica por divorcios

Las compensaciones por divorcio en la actualidad, a propósito de la prohibición legal existente en la materia, en la práctica, no se puede pagar la indemnización al cónyuge con lo que sería lo más lógico: la casa familiar.

Aproximadamente, el 50% de los matrimonios en Chile terminan en divorcio. La cifra revela que muchas parejas no continúan con su vida familiar con esta figura. Por ende, la regulación legal y económica del quiebre familiar pasa a ser relevante para miles de personas que tienen que vivir este proceso.

La abogada Paula Oyarzo, le soltó al Diario Pop que la Ley N° 19.947, de matrimonio civil, incorpora el concepto de compensación económica como un elemento accesorio al divorcio. Concebida como una indemnización al perjuicio remuneracional y previsional.

LETRA MUERTA

Por otro lado, el abogado Sebastián Vergara sostuvo que "no es justo que no se pueda echar mano a la fórmula más evidente que permitiría pagar una compensación económica en caso de divorcio. Que es la casa familiar o las propiedades.

Es imperioso crear una excepción legal en estos casos porque la estadística nos demuestra que al final las personas de clase media o estratos más modestos no poseen la cantidad de bienes ajenos a su propiedad residencial para pagar la indemnización a su cónyuge" dijo el compipa.

"A más de 13 años de la ley de matrimonio civil, nos encontramos con que salvo para las clases más acomodadas del país la compensación económica es letra muerta. No se materializa con lo que naturalmente permitiría el pago de estos monto: la propiedad familiar", afirmó Vergara.

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