Todo lo que hay que saber para postular al subsidio de arriendo de emergencia

Subsecretario Guillermo Rolando responde sobre el subsidio de arriendo a la clase media que ayudará a quienes arrienden casa o departamento de un valor de hasta $600 mil.

El subsidio de arriendo de emergencia del Ministerio de Vivienda y Urbanismo será un beneficio 100$ online para quienes arrienden casa o departamento de un valor de hasta $600 mil y será obtenido por 100 mil familias de sectores medios.

Por lo mismo, el subsecretario Guillermo Rolando respondió algunas dudas sobre el subsidio para la clase media.

Mi arrendadora vive en Antofagasta y yo en Coquimbo, ¿cómo puedo hacer para postular?

R: No hay problema, el formato del documento (poder simple) está en minvu.cl, y sólo se necesita ese documento con la firma tu arrendadora, el que te puede enviar por WhatsApp en cualquier formato (foto, Word, PDF). Todos son válidos.

Si no postulo en estas semanas, ¿perderé el beneficio?

R: La postulación es hasta el 24 de agosto, pero habrá cierres temporales que permitirán adelantar los pagos del subsidio. El primer cierre será este miércoles 29 de julio, y el pago se hará el pago el 14 de agosto.

Qué hay de cierto que, ¿Si postulo a este subsidio, pierdo la opción de algún subsidio para comprar mi casa propia en el futuro?

R: Las familias que obtengan el subsidio de emergencia de arriendo para clase media, a diferencia de todos nuestros programas, pueden postular a cualquier otro subsidio más adelante.

Si ya tengo subsidio de arriendo y con el Covid ha bajado considerablemente mi ingreso, ¿puedo postular?

R: Sí, se trata de una medida de emergencia.

¿En tiempos de pandemia no es descabellado pedir ahorro en la libreta si la gente no tiene dinero?

R: Para este llamado especial de subsidio de arriendo no se requerirá ahorro previo.

La inmobiliaria o corredora que arrienda mi departamento dice que no puede emitir ese poder simple aceptando el beneficio, porque no es política de la empresa hacer algo así.

R: Es lamentable que una empresa tenga esa política, porque le estaría negando a familias que necesitan del subsidio, ejercer su derecho de ser apoyadas por el Estado en esta emergencia sanitaria que nos afecta a todos.

Puedo hacer el trámite con la corredora de propiedad, el dueño no quiere hacer nada, ¿podré postular?

R: La declaración jurada es un documento indispensable para postular. Por ello, es importante tener la aprobación del arrendador.

Somos extranjeros con un hijo chileno, me van a desalojar, ¿puedo postular?

R Sí, de hecho, también podrían postular al subsidio de arriendo histórico.

¿Cuál es la diferencia del subsidio de arriendo de emergencia con el subsidio de arriendo convencional?

R: Como su nombre lo dice, el de emergencia se ha diseñado para sobrevivir el arriendo, es por tres meses y con un monto de hasta $250.000 para pagar arriendos hasta $600.000. Por otra parte, el subsidio de arriendo convencional requiere ahorro en la libreta, tiene un aporte menor del Estado, viviendas hasta $320.000, pero a diferencia de los tres meses del apoyo actual, es por un período de 4 años.

¿Cuándo aproximadamente se darán las respuestas a los que postularon antes del viernes 29 de julio que es el primer corte de postulantes?

R: El primer cierre será el miércoles 29 de julio, y los primeros pagos se harán el 14 de agosto, lo que permitirá a las familias cancelar ese mes el arriendo.

Mi arrendatario cree que, si participa de esto, él perderá todo apoyo del Estado que él, eventualmente, requiera.

R: No es así, además el apoyo no es para el arrendador, si no que para el arrendatario.

Si ya está terminando la cuarentena, ¿de todas maneras, se entregará el beneficio?

R: sí, todas pueden acceder con cuarentena y sin cuarentena.

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