Día clave en el Senado: se inicia la votación por el retiro del 10% de los fondos de las AFP

21 DE JULIO DE 2020/VALPARAISO
Vista general de la Sala, en el reinicio de las sesiones mixtas (presenciales y telematicas) del Senado.
FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO
21 DE JULIO DE 2020/VALPARAISO Vista general de la Sala, en el reinicio de las sesiones mixtas (presenciales y telematicas) del Senado. FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO

Según los últimos sondeos, ya se contaría con la cuota para aprobar el proyecto. Aunque ojo que con modificaciones.

Un nuevo paso, de un largo camino, es el que lleva el proyecto de Ley sobre el retiro del 10% desde las AFP's, y que hoy será votado en sala general en el Senado, contando con apoyo de parlamentarios oficialistas (ver recuadro superior).

El proyecto, que la semana pasada tuvo una amplia acogida en la Cámara de Diputados con 95 votos a favor, pasó el lunes a la Comisión de Constitución del Senado, donde se aprobó la idea de legislar la reforma constitucional, por lo que hoy será el turno de los senadores, quienes según se ha contabilizado, tendría 29 votos a favor, necesitando de un mínimo de 26 para que el proyecto siga con "vida".

"Lo más seguro es que los senadores ahora aprueben el proyecto con ciertas modificaciones a realizarle, por lo que el siguiente paso sería una comisión mixta (entre senadores y diputados) para ver dichos cambios", explicó a La Cuarta el profesor Felipe Paredes, Doctor en Derecho y experto en derecho constitucional de la Universidad Austral de Chile.

Votación en el Senado

Luego de dicha revisión se realizarían nuevas votaciones en particular, para analizar las modificaciones. Tras ello será el Presidente Sebastián Piñera quien tendrá el proyecto en sus manos, para promulgarlo o vetarlo. Lo que implicaría que vuelva a su origen, Cámara de Diputados, y se vuelva a votar, esta vez necesitando 2/3 de los votos en ambas Cámaras, lo que aumentaría la dificultad de aprobarse.

"Si luego de todo eso el proyecto sigue en camino, sería el Tribunal Constitucional (TC) el que podría vetar el proyecto", agregó el doctor Paredes.

- ¿Quiénes pueden recurrir al TC? Solo pueden recurrir al Tribunal el Presidente de la República o los representantes de alguna de las dos Cámaras, y tienen un plazo de 30 días una vez que se promulgue.

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