Sepa qué hacer para vender alimentos caseros en regla

1.- La ley 19749/02 contempla la creación de microempresas familiares y, dentro de ese marco regulatorio, se puede desarrollar una firma para la elaborar de alimentos caseros.

2.- El emprendimiento debe contar con un capital propio (excepto el valor del inmueble), que no debe sobrepasar las 1.000 UF. No pueden desempeñarse en la labor más de 5 trabajadores ajenos a la familia y debe desarrollarse en la casa habitación.

3.- Lo primero es inscribirse en un registro de Microempresaria Familiar en su respectiva municipalidad. Luego, debe ir a la Seremi de Salud con ese documento y previo pago de arancel ($1.000), debe ingresar una solicitud de Autorización de Funcionamiento de los giros que el solicitante necesite.

4.- En caso de productos de panadería, se debe cumplir con todo lo establecido en el Reglamento Sanitario de los Alimentos (D.S. Nº 977/96). Este reglamento se puede obtener en la página www.minsal.cl.

5.- Otra opción para conocer el proceso es simular una solicitud de formalización en www.asdigital.minsal.cl, registrándose como usuario externo y siguiendo los pasos que la página indica para la formalización del establecimiento.

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