Por Eduardo OrtegaCondenan a la UC a pagar millonaria indemnización a jugador golpeado por sus compañeros durante gira
Todo formó parte de una “iniciación”. El tribunal responsabilizó civilmente al club.

Disfrazado de ritual deportivo, esto ocurrió durante una gira por Francia en 2019 y acabó por desbaratar los sueños de un rugbista de Universidad Católica. En el camarín, luego de un partido, lo sometieron al temido “bautizo”.
Él ya había oído los rumores:
“Los entrenadores nos decían que obligadamente teníamos que hacerlo”, se desahogó dos años después del incidente con Meganoticias. “Había personas que no se querían cortar el pelo y les pegaban, los hacían pebre. Igual coincidía en el ritual el hecho de golpearlos”.
Intentó, como pudo, convencer a sus compañeros de que no quería pasar por esta tradición, pero la postura del resto pesó de más.
“Yo estaba aterrado en ese momento, llamé de Francia a mis papás. Mi mamá también estaba aterrada. Me acuerdo de haberla llamado y haber dicho: mamá, me van a cortar el pelo”.
En su relato, lo acorralaron de frente y de costado. Seis por un lado, otros cinco por el otro. Se resistió, claro, pero eso lo hizo peor: le llegaron codazos en las costillas, en el rostro. Se llenó de cortes y moratones. Eran “más de diez”, “determinados” a cortarle el pelo. “Y, por el hecho de hacer tanta fuerza, me rompieron el cuero cabelludo”. En total, siete heridas en la cabeza, que, por lo visto, no fueron suficiente para que sus entrenadores y la gente a cargo le prestaran cuidados médicos.
“Era una tortura, lo que pasó ojalá nunca más le pase a nadie”, lamentó Manuel, la víctima, que al momento del ataque tenía dieciséis años.
Al poco tiempo, dejó el equipo. Y, en medio de una terapia, el rugby por dos años. Nunca le pidieron disculpas.
Condenan a Universidad Católica
Según recogió Meganoticias, este lunes la Corte Suprema restituyó una condena de $15 millones que debe cancelar la rama de Rugby del Club Deportivo Universidad Católica al jugador. Restituyó la condena, pues la Corte de Apelaciones inicialmente había resuelto reducir ese monto de la indemnización a tan sólo $2 millones.
“Se puede concluir que la prescindencia de aquel análisis y razonamiento por parte de los jueces de segunda instancia ha desembocado en la omisión de las consideraciones de hecho y de derecho que debían servir de sustento a la sentencia, lo que constituye el vicio formal del artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 170 N° 4 del mismo cuerpo legal”, dice el fallo del máximo tribunal.
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