
Abogado explica fallo por caso de Cristián Campos y revela nueva implicancia legal que lo complicaría: arriesga millonario pago por indemnización
Actor podría enfrentar una eventual demanda civil por daños y perjuicios.

La semana pasada, se dio a conocer el fallo tras la denuncia por de abuso sexual que presentó Raffaella di Girolamo en contra de Cristián Campos, ex pareja de su mamá, Claudia di Girolamo.
En concreto, la resolución estableció que el actor fue sobreseído, pero de todas formas acreditó que los hechos sí ocurrieron. Luego, el domingo en la noche, el intérprete concedió una extensa entrevista en Primer Plano, donde nuevamente defendió su inocencia.
A raíz de esa situación, el abogado especialista en delitos sexuales, Nelson Salas Stevens, se refirió a la sentencia que recayó sobre el acusado, y aclaró algunas dudas jurídicas que han surgido respecto a su contenido y alcances.
En primera instancia, aclaró si finalmente el actor fue condenado o absuelto. “En realidad, ni lo uno ni lo otro. La sentencia declaró prescritos los hechos y, por lo tanto, extinguida la responsabilidad penal de Cristián Campos. Sin embargo, se dieron por acreditados actos constitutivos de abuso sexual. En términos jurídicos y fácticos, es una resolución favorable que pone término al proceso penal, pero no exenta de implicancias”, explicó.
Luego, aclaró por qué los hechos fueron declarados prescritos, a pesar de que los abusos sexuales contra menores de edad en Chile son imprescriptibles.
“Actualmente lo son, pero en derecho penal se aplica la ley vigente al momento de ocurrencia de los hechos. En el caso de Rafaella Di Girolamo, los hechos ocurrieron mucho antes de que entrara en vigencia la ley de imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores de edad (año 2019), razón por la cual están ampliamente prescritos”, indicó.
Nueva complicación que podría enfrentar
Pero eso no es todo, pues explicó por qué se investigó la denuncia pesa a que los hechos estaban prescritos.
“Porque se aplicó la legislación anterior al año 2005, donde el procedimiento estaba en manos del Juez del Crimen, figura que con posterioridad fue remplazada por el Fiscal del Ministerio Público y Juez de Garantía. Ese sistema permitía al Juez del Crimen investigar los hechos pese a que estuviesen notablemente prescritos y dictar una sentencia de carácter declarativo, es decir, que no impone sanción penal, pero sí reconoce la ocurrencia del hecho, tal como ocurrió por ejemplo en el caso Karadima”, recordó.
Además, sostuvo que esa sentencia declarativa puede tener efectos legales “dado que dicho precedente puede ser invocado como base o precedente para interponer una demanda civil por indemnización de daños y perjuicios”
Incluso, reveló que el monto de una eventual indemnización “es relativo y depende de cada caso, sin embargo, los tribunales manejan baremos que oscilan entre 100 y 200 millones de pesos.”
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