Por Sofía Gómez¿Cuáles son los requisitos para cobrar el seguro de cesantía?
El seguro de cesantía es un beneficio monetario al que pueden acceder los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Conoce cuáles son los requisitos para poder hacer cobro de este.
El Seguro de Cesantía es un instrumento que ayudar a trabajadores dependientes del Código del Trabajo que se encuentran en situación de cesantía.
El seguro lo pueden cobrar todas aquellas personas que estén afiliadas a la Administradora de Fondos de Cesantía. Este derecho además protege a todas las personas que hayan quedado sin empleo de forma voluntaria o por interrupción de contrato por parte del empleador.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía?
En diciembre de 2023 entraron en vigencia los cambios a la ley que fortalece el seguro de cesantía. Una de las principales modificaciones fue la disminución en la cantidad de cotizaciones mínimas para obtener el seguro:
- Contrato indefinido o trabajador (a) de casa particular: Ahora necesita 10 cotizaciones en vez 12.
- Contrato fijo o por obra: Ahora necesita 5 en lugar de 6.
Según el sitio de la Administradora de Fondos de Cesantía los requisitos son:
Cuenta Individual de Cesantía (CIC)
- Estar cesante y cumplir con cualquiera de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo. Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas.
- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
- Estar cesante: Haber terminado su última relación laboral por alguna de las siguientes causales contempladas en el Código del Trabajo o en el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública:

- Contar con al menos 10 cotizaciones pagadas.Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
- Las cotizaciones deben haberse pagado a AFC dentro de los 24 meses anteriores al mes de término de la relación y las 3 últimas cotizaciones pagadas deben ser continuas y del mismo empleador.
- Registrar un saldo insuficiente en su Cuenta Individual de Cesantía.
- Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
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