Ley 40 horas laborales: ¿Cómo funcionan las bandas horarias para padre o madre cuidadora?

Revisa cómo funcionan las bandas horarias para padre o madre cuidadora. Foto Javier Salvo/Aton Chile.
Revisa cómo funcionan las bandas horarias para padre o madre cuidadora. Foto Javier Salvo/Aton Chile.

Ante la implementación de la Ley 21.561, los trabajadores que tienen hijos, o que tienen a su cargo el cuidado personal de un niño menor 12 años, podrán acceder a este beneficio.

Este viernes 26 de abril comenzará la implementación de la Ley 21.561, también conocida como la Ley de 40 horas, la cual será aplicada de manera gradual en un período de cinco años.

No obstante, no solo reducirá la jornada laboral, sino que también tendrá diferentes beneficios para los trabajadores, como el 4x3 o la banda horaria para padre o madre cuidadora.

“Esta es una de las innovaciones más importantes que se aprobaron en la Ley, porque contempla mecanismos que promueven la corresponsabilidad de los cuidados, permitiendo bandas de ingreso y salida diferida del trabajo como un derecho que le asiste a los padres, madres o personas que tengan niños y niñas a su cuidado”, expresó la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara.

¿Qué son y cómo funcionan las bandas horarias para padre o madre cuidadora?

Las bandas horarias tienen como objetivo conciliar de mejor manera la vida laboral y familiar, ya que los padres o personas cuidadoras de niños menores de 12 años podrán adecuar su ingreso o salida de su trabajo a los horarios escolares.

De esta manera, de acuerdo con la Dirección del Trabajo, los trabajadores pueden anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, lo que también determinará su horario de salida al final de la jornada.

Por ende, por ejemplo, si un empleado entra a las 09:00 horas y termina su día a las 18:00 horas, podrá adelantar el ingreso a su trabajo a las 08:00 horas y salir a las 17:00 horas.

Otra opción, es que decida atrasar el inicio de su jornada laboral, entrando así a las 10:00 horas y saliendo a las 19:00 horas.

¿Cómo ejercer el derecho?

Los padres, madres o personas cuidadores podrán ejercer este derecho al entregarle a su empleador el certificado de nacimiento o la sentencia que le otorgue el cuidado personal de un niño o niña menor de 12 años.

El empleador no podrá negarse ante esta medida, a menos que, de acuerdo con lo indicado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el funcionamiento de la empresa sea en un horario que no permita anticipar o postergar la jornada de trabajo.

Además, el organismo indica que, en caso que ambos padres sean trabajadores, cualquiera de ellos podrá obtener el beneficio.

COMPARTIR NOTA