“Es muy querendón”: el relato con el que abogado evitó en primera instancia que el padre de Isidora quedara en prisión
Pese a sus argumentos, la Corte de Apelaciones se pronunció y determinó que el sujeto deberá estar tras las rejas mientras se desarrolla la investigación.
Nuevos antecedentes se dan a conocer en torno al caso de Isidora, niña de 2 años que perdió la vida tras caer desde un piso 11, específicamente del departamento en que el vive su padre.
Se trata de Jorge José Francisco Contanzo Chávez, quien debía cuidar a la pequeña durante la tarde del domingo. De hecho, era el único día del mes en que estaba a su cargo.
Durante las últimas horas, se revelaron los dichos de Cristian Santander Garrido, abogado privado de Jorge, quien lo defendió durante su formalización y, en primera instancia, logró evitar la prisión (más tarde, esta situación cambiaría, gracias a la intervención de la Corte de Apelaciones que decretó la prisión preventiva).
Según el profesional, todo se trató de un “lamentable accidente que le ocurrió a un padre querendón”.
¿Qué dijo la defensa?
Según información de BioBioChile, Santander sostuvo que en “la mayoría de los casos relativos a accidentes de esta naturaleza, la jurisprudencia ha sido unánime y la ha tratado como una imprudencia temeraria”.
De paso, le bajó el perfil al carrete previo. “No estamos hablando acá de que hubo una fiesta desenfrenada que dejó a mi representado en estado de embriaguez hasta el día siguiente”, juró.
Luego de explicar que el padre y la niña compartieron durante largas horas, señaló que la llevó hasta el departamento para hacerla dormir la siesta.
“Efectivamente llegan a la casa después de pasarlo bien. Entonces la niña es recostada y mi representado la hace dormir y se queda dormida. Queda con la ventana cerrada, tiene una cortina tipo roller que también queda cerrada y mi representado se va a descansar a la pieza de al lado pensando que su hija está dormida y tranquila después de haberlo pasado tan también”, relató.
“Imagínese en el absurdo que podríamos caer si pensamos en el dolo eventual como una conducta que pudiera ocurrirnos a todos. Como, por ejemplo, hoy día salgo de mi casa, tomo mi vehículo y yo me tengo que presentar la posibilidad de que pudiera atropellar a alguien y lo acepto e igualmente salgo a trabajar”, agregó.
Finalmente, indicó que el imputado no podrá volver al edificio “por razones obvias. Es imposible para mi representado volver a ese departamento que le ha marcado la vida y que ha dañado profundamente su propia existencia”.
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