Estos son los nuevos sellos para la venta de bebidas alcohólicas

Los nuevos sellos para la venta de bebidas alcohólicas. Foto referencial.

La Ley de Etiquetados en bebidas alcohólicas buscará mostrar los riesgos y consecuencias del consumo del alcohol en las personas, además de limitar la publicidad de estos productos.

En agosto de 2021, se promulgó la Ley 21.363, el cual regula a las bebidas alcohólicas, las cuales tendrán que modificar sus etiquetados, y también la publicidad de estos productos.

En nuestro país contamos con la Ley de Etiquetados, la cual obliga a colocar sellos de “Altos en”, a alimentos que sobrepasan los niveles máximos en calorías, sodio, grasas saturadas y azúcar, sin embargo, en las bebidas alcohólicas serán distintos, ya que se enfocarán en visualizar los riesgos y consecuencias del consumo nocivo del alcohol en las personas.

Nuevos sellos para la venta de bebidas alcohólicas

De acuerdo a lo que señala el Manual de Normas Gráficas para Mensajes y Gráficas de Advertencia y Valor Energético de Bebidas Alcohólicas, los productos que tengan igual o mayor a 0.5 grados y que se encuentran comercializadas en Chile, deberán contener las siguientes etiquetas:

  • “No beber al conducir” (con un dibujo tachado de un automóvil).
  • “Riesgo para tu bebé” (con un dibujo tachado de una mujer embarazada bebiendo).
  • “No beber menores de 18 años” (con un dibujo tachado que indica “-18″).

Además, cada producto tendrá la frase “el consumo nocivo de alcohol daña tu salud”, con la palabra ADVERTENCIA, con mayúsculas.

Las bebidas alcohólicas no podrán colocar estas etiquetas en collarines o en huinchas promocionales fácilmente descartables. Además, deberán rotular las calorías con las que cuentan.

Los nuevos sellos para la venta de bebidas alcohólicas.
Los nuevos sellos para la venta de bebidas alcohólicas.

¿Cuándo comenzará a regir la “Ley de etiquetados” en las bebidas alcohólicas?

Las normativas sobre rotulación y advertencias entrarán en vigencia un año después de la publicación en el Diario Oficial, es decir, el 7 de julio de 2024.

La ley también prohíbe de cualquier forma la publicidad de bebidas alcohólicas en actividades deportivas.

Además, los anuncios de estos productos en televisión solo se podrán realizar entre las 22:00 y las 06:00 horas, mientras que en radios no se podrá hacer entre las 16:00 y las 18:00 horas.

En la publicidad deberán incorporar las advertencias sanitarias, ya sea en medios de comunicación escrita, carteles o aviso publicitarios de todo tipo, tales como físicos o virtuales, publicidad audiovisual y avisos radiales.

Estas regulaciones a la publicidad de las bebidas alcohólicas entrarán en vigencia 36 meses después de la publicación del reglamento en el Diario Oficial, es decir, el 7 de julio de 2026.

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