Para evitar cuantiosas multas: revisa cómo se debe instalar la bandera chilena en Fiestas Patrias

Bandera chilena. /FOTO: AGENCIAUNO
Bandera chilena. /FOTO: AGENCIAUNO

Pabellón nacional debe ser proporcional al tamaño de la construcción donde se instala.

Para no arriesgarse a sanciones y cumplir con el deber patrio, siempre es bueno recordar cómo se debe instalar la bandera chilena en Fiestas Patrias.

Desde Carabineros precisaron que, si bien la bandera puede ser usada todos los días del año, es obligatorio entre las 08:00 horas del 18 de septiembre y las 18:00 horas del 19 de septiembre en todos los edificios públicos y privados, siendo un deber cívico cumplir con esta tradición.

Asimismo precisaron que el pabellón debe ser proporcional al tamaño de la construcción donde se instala, además de estar en perfecto estado de conservación y limpieza.

“Si la bandera va en un mástil, este tiene que ser blanco e izarse hasta el tope”, explicó el teniente Ricardo Osores, aclarando que en los departamentos no es obligatorio su uso si el edificio cuenta con bandera.

En la misma línea, señaló que no está permitido emplear banderas en las que esté inserto el escudo nacional, ya que esa combinación corresponde exclusivamente a la bandera presidencial.

Cuando no es posible enarbolarla en un asta o mástil, se debe colocar extendida totalmente en forma horizontal o vertical, quedando en ambos casos, el cuadro azul en la parte superior y a la izquierda del espectador.

Multas diechiocheras

Si la bandera nacional está acompañada de pabellones de otras naciones, se debe colocar a la izquierda del espectador cuando se trate de un solo pabellón. Ahora, si se acompaña de un par de pabellones extranjeros, debe estar ubicada al centro de ellos.

Si el número de banderas es impar, debe ocupar el primer lugar al lado izquierdo del espectador u otra ubicación en forma destacada. La bandera nacional no se puede ubicar a menor altura que el resto de los pabellones.

El no cumplimiento de estas disposiciones, instalarla al revés, el no izarla o no exhibirla son algunas de las causales de multas. Estas van desde las 1 ($63.452) a 5 UTM ($ 317.260).

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