¿Cuál es la multa por no pagar el Permiso de Circulación?

¿Cuál es la multa por no pagar el Permiso de Circulación? Foto: referencial
¿Cuál es la multa por no pagar el Permiso de Circulación? Foto: referencial

El documento que permite transitar legalmente por la calles se debe pagar todos los años. Conoce cuáles son los riesgos en el caso de no realizar este trámite.

El permiso de circulación es un documento obligatorio para todos los vehículos motorizados que transitan legalmente por las calles del país. En caso de ser fiscalizados y no se cuente con este documento, los propietarios están sujetos a pagar una multa establecida por la ley.

Este permiso representa un impuesto anual obligatorio para los dueños de automóviles, camionetas, motocicletas y otros vehículos, cuyo monto varía según el valor, modelo y año del transporte.

Las municipalidades emiten el padrón, que sirve para identificar de manera individualizada al vehículo y su propietario.

Cuál es la multa por no pagar el permiso de circulación

En el caso de que no se haga el trámite durante el periodo establecido las multas van desde 1 a 1,5 UTM, es decir, desde los $64.666 a los $96.999. Además, existe el riesgo de que Carabineros retire el vehículo de circulación.

También en el caso de no terminar con el trámite, al momento de renovar la patente se le aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula junto al IPC.

Para pagar el permiso fuera de plazo hay que

  • Pagar la multa por estar fuera de plazo.
  • Comenzar con el proceso de pago del documento, el cual se tiene que realizar en la dirección de tránsito de la municipalidad correspondiente.

Tampoco se podrá renovar el permiso en el caso de contar con multas impagas. Por lo mismo, para renovarlo hay que haber pagado anteriormente la multa en la Municipalidad en donde fue cobrado el parte.

¿Cuándo hay que pagar el permiso de circulación?

De acuerdo a ChileAtiende, la fecha establecida para pagar el permiso de circulación 2024 es entre jueves 1 de febrero y el domingo 31 de marzo.

Los vehículos que deben realizar el trámite durante este periodo son los siguientes:

  • Automóviles particulares.
  • Automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales.
  • Motocicletas.
  • Furgones.
  • Ambulancias.
  • Carrozas fúnebres.
  • Station wagons.
  • Camionetas.
  • Carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.

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