No Molestar: cómo dejar de recibir llamadas con publicidad
El Sernac ofrece una herramienta para solicitar la exclusión de las comunicaciones promocionales y publicitarias de las empresas.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) cuenta con la iniciativa “No Molestar”, la cual permite solicitar que dejes de ser un destinatario de las llamadas, mensajes o correos electrónicos con publicidad que no son de tu interés, y que pueden llegar a molestar en algún momento.
Para evitar estos malos ratos, la Ley del Consumidor del Sernac entrega el derecho a las personas para solicitar la suspensión de las comunicaciones promocionales y publicitarias que son enviadas por las empresas por cualquier medio.
Tras hacer la solicitud, el envío de comunicaciones queda prohibido para las empresas.
¿Cómo ingresar a “No Molestar”?
La herramienta “No Molestar” del Sernac existe de 2019, y permite que los consumidores puedan solicitar que sean borrados de los listados de las empresas, para dejar de recibir promociones y publicidad no deseada a través de:
- Llamadas telefónicas.
- Mensajes de SMS o WhatsApp.
- Correos electrónicos.
Esta herramienta se puede acceder de forma gratuita y en cualquier momento del año al servicio “No Molestar” a través del Portal del Consumidor.
Para ingresar una solicitud se debe realizar los siguientes pasos:
- Registrarse en el Portal del Consumidor o ingresar con Clave Única.
- Entrar a “No Molestar” y elegir “Ingresar nueva solicitud”.
- Registrar el teléfono y correo electrónico que se desea que deje de recibir información.
- Indicar el nombre de la empresa que envía publicidad no deseada.
En caso de alguna duda o consulta, los usuarios pueden conversar con un ejecutivo del Sernac llamando gratuitamente al 800 700 100. El número opera de lunes a viernes entre 9:00 y 21:00 horas, y los sábados entre 09:00 y 19:00 horas.

¿Qué debo hacer si sigo recibiendo informaciones?
Si la compañía continúa enviando promociones o publicidad después de haber ingresado la solicitud de “No Molestar”, el usuario puede reportar esta situación.
Desde marzo de 2020 opera la gestión añadida “Aviso de incumplimiento”. Se puede acudir a esta última desde el séptimo día en que el consumidor ingresó una solicitud, para informar al Sernac que la empresa siguió contactándolo pese al requerimiento.
Cabe señalar que la herramienta del Sernac “No Molestar” no bloquea las comunicaciones por temas de cobranzas.
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