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¿Qué personas no deben pagar contribuciones?

El pago de las contribuciones se debe realizar cuatro veces al año, siendo la primera cuota será en abril. Sin embargo, a ciertas personas que no deben realizar esto, ya que se pueden eximir.

¿Qué personas no deben pagar contribuciones? Foto referencial.

Las personas que poseen una propiedad en el país, anualmente deben realizar el pago de las contribuciones de bienes raíces. Este sistema es una de las fuentes más importantes de ingresos fiscales, los cuales están destinados al fondo municipal.

Este pago es un impuesto territorial que lo debe efectuar el dueño de una vivienda, habitaciones o terrenos agrícolas. Esto, de acuerdo a lo que indica la Ley 21.210 y que también menciona que deben hacerlo a través de la Tesorería General de la República y el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Esto se realiza cuatro veces al año, aunque hay ciertos grupos de personas los cuales están exentos de pagar las contribuciones.

¿Quiénes no pagan contribuciones anualmente?

  • Adultos mayores: la norma señala que no quedan exentos del pago de las contribuciones las mujeres mayores de 60 años y los hombres de 65 años, bajo algunos criterios de ingresos y valor de la tasación de la propiedad.
  • Propiedades de bajo avalúo: propiedad que tenga un avalúo fiscal que no supere los $35.488.530, específicamente destinado al inmueble.
  • Instituciones sin fines de lucro: propiedades usadas por instituciones educativas, de beneficencia, religiosas o culturales sin fines de lucro, los que pueden acceder a este beneficio, ya sea de forma parcial o total, en reconocimiento a su contribución social y comunitaria.

¿Cómo eximirse del pago de las contribuciones?

Para eximirse del pago de las contribuciones, las personas deberán revisar detalladamente los requisitos establecidos por el SII. Para esto se puede consultar directamente con la institución en su sitio web.

De contar con algunos de los requisitos, se debe presentar una solicitud ante el SII, documento que proporciona su elegibilidad, de acuerdo a la exención solicitada. Algunas de estas son permanentes, mientras que otras se deben renovar acorde a los plazos indicados por la institución. Cabe señalar que hay una rebaja dependiendo a ciertos parámetros.

Fechas del pago de las contribuciones 2024

  • Primera cuota: Abril.
  • Segunda cuota: Junio.
  • Tercera cuota: Septiembre.
  • Cuarta cuota: Noviembre.
Más sobre:TrámitesSIIServicio de Impuestos InternosContribucionesAdultos mayoresViviendas

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