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¿A quiénes protege el seguro social contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales?

La Cuarta y Mutual de Seguridad te dejan erudito en todas las coberturas del Seguro Social contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Esta información es fundamental para poder acceder al beneficio.

Entre tanta cosa que pasa en Chilito, tener claro qué tipo de coberturas y beneficios sociales tenemos es importante a la hora de enfrentar la vida, sobre todo cuando gran parte de nuestro tiempo la pasamos poniéndole el hombro a la pega.

Como te “despabilamos” en la edición pasada y te hablamos de la Ley 16.744, que establece el tan famoso Seguro Social contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, te comentamos que da cobertura médica, económica y preventiva en caso que tengan accidentes del trabajo, de trayecto o enfermedades profesionales y su cobertura se realiza través de las mutualidades (Achs, IST y Mutual de Seguridad) y el Instituto de Seguridad Laboral que es administrado por el Estado.

Lo importante de todo lo anterior es que les quede clarísimo que también pueden tener esta cobertura porque es un seguro obligatorio pagado por los empleadores y acá, Mutual de Seguridad junto a La Cuarta, te contamos quiénes pueden acceder y te ponen al día sobre este tema.

¿A quiénes protege el Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales?

- Todos los trabajadores dependientes, indistinta su pega o la tarea que desempeñen, sean manuales o intelectuales. Además, tampoco importa el tamaño de la empresa, el rubro, si es pública o privada, si es una ONG o si tiene fines de lucro o no. ¡Todos acceden!

- Trabajadores o trabajadoras de casa particular.

- También están protegidos los trabajadores temporales. Acá no importa si tu contrato de trabajo es temporal o a plazo fijo ¡La seguridad laboral es para todos!

- Los funcionarios públicos de la administración civil del estado, municipalidades, y de instituciones administrativamente descentralizadas del Estado también están cubiertos.

- Los trabajadores independientes puedan acceder a las prestaciones sociales, a través de la cotización que pueden realizar de forma obligatoria o de manera voluntaria. Esto es importante:

- Si eres un trabajador independiente que cotiza de forma voluntaria y quieres acceder a los beneficios de la seguridad laboral y adherirte a Mutual de Seguridad, debes presentar copia de la iniciación de actividades en SII, copia del CI y llenar el formulario de adhesión disponible en www.mutual.cl Además, debes inscribirte en Previred.

- En el caso que seas un trabajador independiente que cotiza de forma obligatoria, sólo debes cambiarte de Mutualidad completando el formulario de adhesión.

Y Para saber cuál es la mutualidad que te entregará las prestaciones del seguro social, solo debes preguntarle a tu empleador. En el caso que quieras averiguarlo por tus propios medios, existe una herramienta digital en el portal de la Asociación de Mutualidades en la que podrás conocer a qué mutualidad está adherida la empresa para la cual trabajas y así estar vivito en caso de accidentes en el siguiente link: https://www.asociaciondemutuales.cl/buscador-mutualidades/

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