Guerra por la “Generación Dorada”: ANFP y Canal 13 entran en disputa legal por la marca

La estación televisiva primereó al ente rector e inscribió la marca. Desde Quilín esperan revertir ese fallo a como dé lugar.

Aunque aún debe hacerse cargo del lío por los cupos de extranjeros, que a día de hoy amenaza con retrasar el inicio del campeonato local, la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) parecía haberse sacado un enorme peso de encima al presentar a Ricardo Gareca como nuevo seleccionador y cerrar de inmediato un amistoso de primer nivel contra Francia.

Pero los problemas están de regreso y, en esta ocasión, vinculados a la Generación Dorada.

En concreto, el apodo que recibió la selección ganadora de las Copas América de 2015 y 2016 —y que contempla a figuras acaso irrepetibles como Arturo Vidal, Claudio Bravo, Alexis Sánchez, Charles Aránguiz o Gary Medel— es ahora propiedad de Canal 13, que lo inscribió como marca en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual (Inapi).

Por cierto, algo que no se esperaban y que no aceptan de ninguna forma en Quilín. De hecho, ya acudieron al Tribunal de Propiedad Industrial para revertir la medida:

“Resulta un hecho notorio que la expresión a través de la cual se denomina públicamente a la Selección Chilena de Fútbol es La Selección Chilena, La Selección Nacional, La Roja y, aquel de interés para el presente recurso, La Generación Dorada”, explicó la defensa del ente rector, en manos del estudio Alessandri, según recogió el Diario Financiero.

La expresión Generación Dorada”, añadió, “se utiliza para referirse a La Selección Chilena de fútbol que clasificó a dos mundiales consecutivos, algo inédito en la historia del fútbol nacional, además de ser la selección bicampeona de América en 2015 y 2016″.

Sin embargo, del otro lado también hubo réplica.

Canal 13 contrató los servicios del estudio Sargent & Krahn y ya aclaró su postura ante el Inapi:

La ANFP no puede atribuirse la creación de la marca respecto de los servicios requeridos por mi mandante en clase 41, toda vez que es de público conocimiento que en la práctica no desarrolla ni ofrece este tipo de servicios”.

Completan: “La asociación pretende atribuirse un uso y creación que no detenta. Todos estos antecedentes llevan a concluir fundadamente que la ANFP derechamente pretende impedir un proceso de inscripción legítimo”.

De acuerdo a La Tercera, en caso de que el Tribunal de Propiedad Industrial falle a favor de la ANFP, las partes serán obligadas a buscar una solución en la Corte Suprema.

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