Volvió al sitio del crimen: la macabra acción de sujeto condenado por quemar a su pareja en Santiago

Ademar Polanco Labrín deberá pasar 20 años tras las rejas. Tribunal consideró como agravante su “total indiferencia en la desgracia del fallecido”.

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Ademar Eduardo Octavio Polanco Labrín a la pena de 20 años de presidio, en calidad de autor, por el delito de homicidio simple. Se trata del sujeto que quemó a su pareja en pleno centro de Santiago, en junio de 2021.

En el fallo, el tribunal acreditó que “en la intersección de Agustinas con Paseo Estado, comuna de Santiago, el imputado sostuvo una discusión con la víctima Marcelo Francisco González Barnier, quien era su pareja, para posteriormente rociarle la cabeza y cuerpo con un combustible acelerante, concretamente bencina, que mantenía en un bidón blanco”.

Además, se detalló que luego de seguir caminando, víctima y victimario llegaron hasta el pasaje Ramón Nieto, lugar en el que “con objeto de darle muerte”, Polanco Labrín “le prendió fuego, falleciendo la víctima González Barnier como consecuencia de quemadura de las vías aéreas, síndrome asfíctico, dándose a la fuga el imputado del lugar”.

Agravantes

Asimismo, el tribunal determinó que “en este delito concurren dos circunstancias agravantes de responsabilidad penal y ninguna atenuante, por lo tanto, el Tribunal hará uso de la facultad establecida en el artículo 67 inciso quinto del Código Penal y subirá pena en una grado, quedando en presidio mayor en su grado máximo”.

Entre una de las agravantes destaca el haber ejecutado el crimen “en lugar solitario y de noche y con notable extensión del mal producido al volver al sitio donde se quemaba la víctima por su acción y dedicarse o limitarse a observar las consecuencias de su actuar, sin auxiliar a su víctima ni solicitar a ayuda a terceros, sino más bien se le aprecia por minutos como se apoya en las barandas del cubículo de la ignición con total indiferencia en la desgracia del fallecido”.

“En consecuencia, y por lo dicho, se le impondrá la pena en el máximo de su grado, esto es, en 20 años de presidio mayor en su grado máximo”, se concluyó.

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