Le bajan el dedo a nueva solicitud de Raúl Torrealba: tribunal vuelve a dejar en prisión a exalcalde de Vitacura

Raúl Torrealba. /Foto: AgenciaUno.

Jueza aclaró que “no ha existido por parte del imputado un ánimo colaborativo hasta la fecha”.

Por séptima vez, el tribunal rechazó la petición del exalcalde de Vitacura, Raúl Torrealba, quien busca dejar el anexo cárcel Capitán Yáber. Cabe recordar que la otrora autoridad comunal cumple desde hace cinco meses la medida cautelar de prisión preventiva.

Según detalló La Tercera PM, el exmilitante de RN ha hecho la misma solicitud en el Cuarto Juzgado de Garantía y en la corte capitalina.

“Pese a los argumentos de su defensa de supuesta colaboración, su avanzada edad y la gran cantidad de tiempo que se ha prolongado su estadía en el recinto penitenciario, los tribunales han rechazado darle la libertad, principalmente porque en caso de ser condenado su destino será una pena privativa de libertad”, precisa el citado medio.

“La edad del imputado, la falta de antecedentes pretéritos, sus enfermedades pre existentes, su arraigo social, los que ya fueron ponderados y observados por las distintas sentenciadoras que han revisado esta cautelar, por ello no son factores nuevos a considerar. De modo que, en relación a estos puntos, no se aprecian circunstancias nuevas, distintas, que hagan variar sustancialmente los presupuestos que ya se han tenido en vista tanto al momento de decretar la medida cautelar que le afecta, así como en las audiencias de revisión efectuadas a la fecha”, se lee en la resolución de la jueza Francis Fell.

Además, revela que “no se ha controvertido que el imputado señor Torrealba, era la máxima autoridad municipal, es el ex alcalde, que se habría valido de la estructura municipal y de los funcionarios subalternos, y que se le han imputado más delitos que a los otros partícipes. Por otro lado, no ha existido por parte del imputado un ánimo colaborativo hasta la fecha, como si habría acontecido con otros imputados, como ha sido reconocido por parte del órgano persecutor. En cuanto al pago efectuado respecto a los delitos tributarios que se le atribuyen, es necesario precisar, sin desmerecer, que es la imputación menos grave que se le realiza al imputado y que solo lo haría merecedor de una aminorante respecto de dicho ilícito”.

Peligro de fuga

Para la magistrada, además, no ha existido ánimo de colaboración por parte del imputado y con ello hizo un exhaustivo relato de la cantidad y gravedad de los delitos que se le atribuyen a la fecha.

“En cuanto a dar por zanjado, que no existe peligro de fuga, a mi entender tampoco es posible, distinta es la situación cuando solo es objeto de una investigación desformalizada, a cuando ya se le han imputado cargos graves, cuando se tiene la certeza que en el evento de ser condenado arriesga pena efectiva. En cuanto a su afán de colaborar, a la fecha aún no ha prestado declaración en dicho sentido”, sentencia.

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